sábado, 30 de mayo de 2009

El Santo sacrificio de la Misa encierra el misterio de nuestra fe, el dogma por excelencia de la Fe




INTRODUCCIÓN
El Santo Sacrificio de la Misa encierra el misterio de nuestra Fe, el dogma por excelencia de la Fe.

“Misterio escondido desde tantos siglos en Dios”...

El Santo Cura de Ars dice que es incomprensible para las fuerzas humanas: “Ni el Sacerdote que celebra la Misa puede comprender el valor de una Misa; si comprendiera moriría, ya sea de temor o temblor ante poder tan grande otorgado a una criatura tan frágil y tan débil... o moriría de amor agradeciéndole a Dios por haberlo escogido para un ministerio tan sublime”.... “tal vez en la otra vida comprendamos algo del valor que tiene una Misa”.

San Juan Eudes dice que “se necesitaría una eternidad para preparar una Misa, otra eternidad para celebrarla y una eternidad para dar gracias por haberla celebrado”.

El Padre San Pío de Pietrelcina afirma que “el mundo podrá existir sin sol, pero no sin la Santa Misa”.

Estando dada la infinitud de lo que es el acto más grande que puede existir, aquí vamos a tratar de aproximarnos al misterio de nuestra Fe y concientes de nuestra indignidad, balbucearemos como un infante que aprende repitiendo lo que oye de su madre; para esto, lo haremos a la luz de la enseñaza y práctica secular de nuestra Madre la Santa Iglesia Católica, Apostólica y Romana.

La Misa es el centro y el corazón de la Iglesia, el alfa y el omega.

Todo parte del amor misericordioso, del amor de Dios por la criatura: la crea y la redime “todo lo que fue hecho sin El no fue hecho”.

El acto creador de Dios corresponde a su deseo de difundir, fuera de Sí, el ser, el bien, la belleza que en El existen de modo esencial. “Bonum difusivum sui”. El bien es difusivo de por sí. Crea con orden, belleza, bondad, etc.; Dios refleja sus perfecciones en la obra creada... pero El quiere comunicar aún más, quiere comunicar su vida intima: La felicidad suprema de las relaciones trinitarias... ¿Crear otro Dios? Es imposible, no puede haber dos infinitos… y por decirlo así, (al modo humano) Dios decide crear un ser que fuera como una síntesis de la creación (un cuadro sinóptico) que contuviera en sí todos los elementos del orden creado: Ser, mineral, animal, y espíritu, para, uniéndose a él, unirse a su creación completa y así, por la unión de las dos naturalezas, divina y humana (en la Unica Persona divina del Verbo Encarnado) toda la creación participaría de la felicidad intima, del gozo sempiterno de las relaciones trinitarias:

“entonces Dios dijo: “hagamos al hombre a nuestra imagen y semejanza” ” Dios crea a su imagen la naturaleza racional del hombre con la semejanza del estado de gracia, con todos los dones que ello implica: participación de la naturaleza divina, (ejus divinitátis esse consórtes,…) “consortes de la divina naturaleza”.

He ahí el plan maravilloso del Amor (del don) de Dios: comunicar su vida íntima (“vine para que tengáis vida y la tengáis en abundancia”), la plenitud de su felicidad trinitaria (“ni el ojo vio, ni el oído oyó, ni la mente del hombre puede imaginar lo que Dios prepara para los que lo aman”). Por la gracia dada a la naturaleza resumida en el animal racional, creado a imagen y semejanza de Dios; pero, como se trata de Amor, requiere la libre correspondencia de la criatura amada de tal manera; era y es libre y voluntariamente que debería corresponder (el amor no voluntario no es amor).

El hombre desobedeció, no correspondió a Dios y se separó de Dios, quiso no amar a Dios, quiso ser como Dios y se desligó, rompió con Dios: pecó destruyendo esa semejanza gratuita, y amorosa que había recibido de Dios, que lo hacía hijo de Dios, perdió la gracia, y así toda la naturaleza contenida en él; quedo afectada y ahora también ella “gime como con dolores de parto, esperando la manifestación de los hijos de Dios”.

El amor de Dios agraviado no renuncia a su plan de comunicar Su vida, su felicidad íntima a su creación en el hombre: “te amé con Amor eterno y por eso, Misericordioso, te atraje hacia mí”.

Ahora esa unión de Dios con su criatura se hará por medio de la Encarnación redentora para reparar el pecado y volver a ligar (de ahí la palabra re-ligión) a la criatura con su Creador, lo que se efectúa realmente en ese supremo acto de religión: el Sacrificio del Calvario (“cuando sea levantado en lo alto atraeré a todos hacia mí”).

Se inicia la historia del hombre expulsado del Paraíso, guiado por la esperanza magnífica de la Restauración victoriosa: “Pondré enemistad entre ti y la Mujer, entre tu raza y la de Ella, Ella te aplastará la cabeza…”

El Verbo de Dios, en la plenitud de los tiempos, se encarnó en el seno de una Virgen realizando todo lo anunciado desde tantos siglos.

Llegada su Hora, para la cual había venido, antes de su Pasión sangrienta va a celebrar por anticipado, y a dejarnos, Su Sacrificio de manera incruenta. Él, el mismo Verbo Eterno, por el cual el mundo fue hecho con su sola palabra por la que se produjo de la nada toda la creación, va a tomar las especies del Pan y el Vino para pronunciar las palabras de la Consagración y producir el Milagro de la Transubstanciación (su Palabra es eficaz y produce lo que dice: Esto es mi Cuerpo... Este es el Cáliz de mi Sangre... y luego pensando en todos los hombres comunica su sacerdocio para perpetuar este sacrificio; les da el poder y la orden: “HACED esto en memoria mía...” ¡HACED! luego consume y da a sus discípulos su Cuerpo y su Sangre como reiteradamente lo había anunciado.

Es verdad que la palabra transustanciación no está contenida en la Escritura; pero, el hecho está claro, de la cual ha dejado pistas claras: Dice el Evangelista San Lucas XXII,18: “Os aseguro que ya no beberé del sumo de la vid hasta que llegue el Reino de Dios” y dos versículos mas adelante San Lucas XXII,20: Consagra y toma del Cáliz consagrado.

Si Cristo no puede mentir, como es lógico, lo que ha consumido, después de la Consagración no es más la sustancia del sumo de la vid, sino verdaderamente su Sangre bajo la especie del vino.


EXPLICACIÓN DE LA TRANSFORMACIÓN DE LAS ESPECIES (del mineral a la Comunión) COMO REALIZACIÓN DEL PLAN DE AMOR DE DIOS
El efecto propio de la Santísima Eucaristía es la perfección y consumación de la vida sobrenatural por la íntima unión del hombre con Cristo y su Cuerpo Místico...

Ahora bien, es propio del alimento transformarse en la sustancia del que lo come y hacerse uno con él, según lo declara Santo Tomás:

“El efecto propio de cualquier sacramento debe apreciarse y juzgarse por la analogía con la materia del sacramento, la materia de la Eucaristía es un alimento; es pues necesario que su efecto sea análogo al de los manjares. El que toma alimentos corporales los transforma en él...; pero la comida Eucarística, en vez de transformarse en aquel que la toma, lo transforma a éste en ella.

Síguese de aquí que el efecto propio de este sacramento es una tal transformación del hombre en Cristo, que puede, en realidad decir con el Apóstol: “Vivo yo, o más bien no vivo yo, sino que Cristo vive en mí” Gal. 2,20. (4 Sent. Dist. 12 q 2 a 1)

(el inferior es asimilado y transformado en el superior, sirviéndolo: minerales –barro , guano- plantas, animales –vida sensible- hombres -hominización- Cristificación por la Comunión.

Ser > vida vegetal > vida sensible > vida racional > vida de Cristo.

Además como dice San Alberto Magno:

“Siempre que se unen dos sustancias de modo que una deba cambiarse y transformarse en otra, entonces la sustancia superior, más noble y activa, se asimila la inferior más débil e imperfecta.

“Siendo, pues, el alimento Eucarístico de naturaleza superior y más perfecta, tócale a él recibir la asimilación y cambiar al hombre que la recibe espiritualmente en Cristo” (In 4 Sent., dist. 9 a. 4 ad 1)

Por la comunión somos Trinificados, dice Santo Tomás.

La verdadera unidad y solidaridad humana se genera y realiza por y en la Comunión.

Familiar
Verdadera Unidad Social en Cristo por la comunión con Dios
Política
Etc.



NECESIDAD NATURAL DEL SACRIFICIO
En la historia de la humanidad encontramos diversidad de pueblos, diversos grados de cultura, algunos llegaron a ignorar la rueda o el fuego o la escritura pero no existe uno que no tenga religión y no se encuentra ninguna religión que no tenga algún tipo de sacrificio como acto central y ningún sacrificio sin sacerdote deputado para ofrecerlo.

La palabra sacrificio significa: sacrum factum, hacer algo sagrado es la oblación de algo sensible con la inmutación hecha a Dios de modo legítimo en reconocimiento de su majestad y bondad suprema y de nuestra sumisión a la misma.

Metafísicamente es un signo sagrado que tiende al culto divino por la significación anexa visible de algo invisible, físicamente es la cosa sacrificada (sensible y sustancial por la acción que se realiza) oblación e inmolación o inmutación.

Teológicamente es la expresión objetiva de la Excelencia de Dios principio de todo y Señor absoluto, sumo Bien y último fin.

El hombre busca testificar los afectos internos del alma, por los que se consagra a Dios.

El sacrificio externo refleja el interno que busca dar un culto a Dios. La finalidad natural del culto que el hombre debe a Dios es:

Latréutica (excelencia de Dios-sumisión del hombre)
La bondad de Dios exige una finalidad eucarística (gracias por los bienes pasados)
Impetratoria para pedir los beneficios que esperamos recibir.
Pero estando dado el pecado del hombre no puede prescindirse en el sacrificio, ofrecido a Dios, de la razón propiciatoria, pues después de haber ofendido a Dios ningún sacrificio sería aceptable si no contiene el sentido propiciatorio que busca desagraviar por el pecado cometido
Además sólo el sacerdote (deputado) lo puede ofrecer. Y más cuando se trata del Sacrificio Supremo del cual todos los demás son figuras: San Pablo lo dice: “todo Pontífice tomado de entre los hombres, es puesto a favor de los hombres, en aquellas cosas que tocan a Dios para que ofrezca dones y sacrificios por los pecados”.



EL RITO ESTABLECIDO Y NO INVENTADO
Los Apóstoles a la cabeza de la Iglesia, fundada por Cristo sobre Pedro, han de continuar este supremo acto del Sacrificio en el que se manifiesta el amor de Dios que busca realizar la unión con su criatura (“nadie ama más que aquel que da la vida por aquellos que ama”), fuente de la mayor gloria de Dios, razón de ser de la creación en el que el mismo Cristo continúa por medio del sacerdote realizando este acto el que ofrece el Sacrificio de su Cuerpo y de su Sangre.

Conviene aclarar lo que se entiende por la palabra rito. El reputado liturgista Mons. Klaus Gamber en su obra “La Reforma de la Liturgia Romana”, prologado por varios obispos y tres cardenales dice que “lo podemos definir como las formas reguladoras del culto que remontándose en definitiva hasta Cristo, han nacido, una a una, a partir de la costumbre general y sancionadas después por la autoridad eclesiástica”.

Entonces: Los ritos, antes de ser sancionados, es decir, oficializados por la Iglesia siempre fueron, según la misma definición de Rito, primero costumbres de dar culto a Dios, que remontan su origen a la Revelación y que expresan la concepción que tiene la Fe, de Dios, y de todo lo que es el hombre frente a Dios, de las relaciones de la criatura con su Creador.

Los Ritos también ejercen necesariamente una función pedagógica y, por lo tanto, deben ser fieles a su razón de ser: Vincular, por la Fe que se expresa, al Hombre con Dios, que son realidades distintas y objetivas, como Dios lo estableció.

Sí; le Rito expresa la Fe; esta correspondencia es necesaria. También es válida para el error, cuando se expresa en ritos, como lo hicieron los herejes. Un cambio de la Fe exige un cambio correlativo en el Rito.

Paul Bourget (escritor católico del S. XIX): “Es menester vivir como se piensa, so pena de terminar, más tarde o más temprano, pensando como se vivió”. Lo mismo para la forma de dar culto a Dios: Es menester celebrar el culto que exprese la Fe revelada por Dios, so pena de terminar creyendo como se celebró.

Si el Rito expresa la unión de dos realidades, vinculándolas por el culto, (Dios y Hombre) y esas dos realidades no cambian en su naturaleza ni en su esencia, cuando se tiene el Rito apropiado al culto debido, que expresa la Fe revelada, en cierto sentido ese Rito es inmutable.

Me explico:

La Naturaleza tanto divina como humana, vinculadas por el culto dado por medio del Rito, son inmutables (esto se niega si se tiene una fe evolucionista y panteísta o se define la Fe como un sentimiento).
La Fe (que debe expresar el Rito) también es inmutable. La fidelidad a lo esencial no puede, sin daño a la Fe, afectarse por la adaptación a lo accidental (esto se niega cuando se define la Fe como un sentimiento que nace de la profundidad del inconsciente y no como el a-sentimiento (sin sentimiento) de la razón a la autoridad de Dios que revela verdades, a la inteligencia, inmutables definidas y propuestas como tales por el Magisterio establecido por Dios; o cuando se hace prevalecer la influencia cultural de geografía, raza, temperamento, evolución histórica, etc.)
Por lo tanto, el Rito como la Naturaleza de Dios y la naturaleza del hombre, como la Fe que debe expresar, después de haber sido costumbre canónica y en esa condición ha sido practicado y aceptado pacíficamente (a veces de tiempos inmemoriales) con el reconocimiento unánime de la Iglesia, es un rito inmutable. De ahí que su fijeza e invariabilidad lo hagan un rito de la Iglesia Universal y no un rito del Padre tal o tal o de la cultura tal o del folklore tal, como pretende el Modernismo.

Puede, con estas características, haber varios ritos, como de hecho existen desde tiempos inmemorables reconocidos en la Iglesia.

De manera pues que, como vemos: El rito nace de la costumbre general; ya en el Antiguo Testamento el sacrificio inspirado por Dios a Moisés, para anunciar y prefigurar el Sacrificio del verdadero Cordero de Dios, se hace de acuerdo a un ritual igualmente establecido o inspirado por Dios.

Es el Sacrificio actual de la Nueva y Eterna Alianza realizado por el Verbo Encarnado el que ilumina y da coherencia a la significación de toda la historia Antigua, la cual sería oscura e incomprensible si no se la ilumina por su ordenación al Mesías Redentor.

Los sacrificios del Antiguo Testamento, dice San Agustín, “eran sólo figuras que presagiaban y simbolizaban de modos diversos el Sacrificio de Cristo”

La realidad instituida por Cristo en la Última Cena será transmitida y continuada de siglo en siglo, por la Liturgia católica que formándose y enriqueciéndose a partir de ese núcleo esencial, de manera comparable a cómo los anillos que se forman alrededor de los troncos de los árboles o también como una joya preciosísima puesta en un anillo alrededor de la cual se añaden con el paso de los tiempos otros brillantes que la resaltan, eso es lo que se conoce como Misa Tridentina, Misa Gregoriana o Misa de siempre.

Dice Mons. Gamber: “en sentido estricto no hay Misa Tridentina porque como resultado del Concilio de Trento no se creó un nuevo ordinario de la Misa; el “Misal de San Pío V” no es otra cosa que el Misal de la curia que vio la luz en Roma muchos siglos antes (.....), pero que jamás había sido impuesto de forma obligatoria”.

Nunca existió en la Iglesia hasta 1969, estrictamente hablando, un rito nuevo, teniendo en cuenta el significado de la palabra Rito.

Veamos sucintamente un resumen de la historia de la Misa:

SIGLO I: Nuestro Señor Jesucristo realiza el Sacrificio de la Nueva Aalianza prefigurado y anunciado desde tantos siglos instituyendo la Eucaristía y el Sacerdocio

SIGLO II: El acto y la acción del Divino Salvador se transmiten y aparecen los rasgos primitivos del Canon Romano, la Iglesia primitiva llama a la Misa Oblatio y Misterium Fidei como lo atestiguan la Didaché, la epístola de San Clemente, la de Bernabé; los escritos de San Ignacio, San Justino y San Ireneo.

SIGLO III: En Roma se empiezan a marcar las partes del Canon Latino, se establecen los elementos dogmáticos de la Misa a través de encíclicas de los papas y en los concilios locales se establece un libro litúrgico en latín, conteniendo el canon para mantener la unidad de lo esencial cuando se celebre la Misa

SIGLO IV: El emperador Constantino concede la paz y la libertad a la Iglesia dando la posibilidad de la celebración pública; en esta época ya encontramos cuatro ritos diversos: el de Antioquia, el de Alejandría, el rito Romano y el Galicano; pero todas las partes de la Misa se encuentran en cada rito desde el Siglo II. En esta época se le da el nombre de Misa. Aparecen las primeras sectas con sus herejías antiliturgicas como la de Vigilancio y el Arrianismo que negaban la divinidad de Cristo, comulgaban de pie y en la mano, disminuyendo por lo tanto los signos de orden y respeto a la Sagrada Eucaristía. No adoraban.

SIGLO V: A partir de este siglo surgió la tendencia a la unificación occidental sobre el modelo del Santo Canon, enteramente compuesto por las mismas palabras del Señor, de las tradiciones recibidas de los Apóstoles y de las devotísimas instituciones de los Santos Pontífices; el rito Ambrosiano en Milán, la liturgia mozárabe de origen ibérico y las liturgias maronitas de Siria y Malacares que toman lo principal del Canon Romano (Cfr. Denzinger 942)

SIGLO VI: Se enriquece el Canon Romano y se perfecciona a través de oraciones para dar el impulso a la conversión del imperio; sobresale la doctrina esencial del rito del Sacrificio contenida en el Misal, que se resume en dos palabras: Transustanciación y Sacrificio Propiciatorio.

SIGLO VII: San Gregorio Magno consolidó el tronco común del Ordo Misae denominado varios siglos más tarde de San Pío V. A partir de este Papa se considera el texto, el orden y la disposición de la Misa que él nos transmite como una tradición sagrada que remonta a los Apóstoles y que no se debe reformar, salvo en detalles secundarios.

SIGLO VIII: La Misa para esta época es explícitamente el eje central para la evangelización de los pueblos.

SIGLO X: Hasta este siglo la presencia real de NSJC en la Eucaristía ni se dudaba ni se discutía, tanto sacerdotes como laicos profesan la Fe con certeza clara de que después de la Consagración lo que hay en el altar es el Cuerpo y la Sangre de Cristo. El primero que osó negar esta verdad de fe fue Berengario de Tours que inició la herejía que afirma una mera presencia simbólica y no real en la Sagrada Eucaristía (Cfr. Dz. 355).

SIGLO XI: La expresión de los ritos de la Misa se enriquece con los cantos gregorianos, el órgano y una buena acústica en las catedrales góticas.

SIGLO XIII: El Concilio de Letrán declara el dogma de fe que después de la consagración se convierten de modo sustancial en el Cuerpo y la Sangre de Cristo.

SIGLO XIV: Algunos sacerdotes colocan los cimientos de la revolución protestante al negar la presencia real de Cristo en la Eucaristía entre ellos Juan Wiclef, Lolardo Walter y Juan Huss, entre otros.

SIGLO XV: Con el renacimiento del paganismo surge el naturalismo que ataca las bases sobrenaturales de la Religión Católica incluido el sentido sacrificial de la Misa

SIGLO XVI: Los herejes Martín Lutero, Ulrico Zwinglio, Juan Calvino y el rey de Inglaterra, Enrique VIII, buscan deformar el culto exterior de la Iglesia centrando sus esfuerzos destructivos sobre tres puntos esenciales:

Negación del carácter de Sacrificio Propiciatorio de la Misa, quedando sólo en una especie de asamblea comunitaria sin consagración que sería un simple memorial de la Cena pascual
Negación de la transustanciación. Dicen que Cristo solo está presente de manera espiritual en medio de la asamblea que se reúne en su nombre. La Eucaristía es sólo un símbolo a ser reconocido por la fe de los que asisten, por eso la toman con la mano y se reparte vino a los asistentes.
Negación del Sacramento del Orden Sacerdotal, que es reemplazado por el sacerdocio colectivo de los fieles presidido por un pastor de la asamblea.
Frente a estas herejías el Espíritu Santo Suscitó la acción del Concilio de Trento y de San Pío V para canonizar el orden litúrgico y así establecer una barrera sólida contra la herejía. Fruto de este celo apostólico son los cánones sobre la Misa y la bula Quo Primum Tempore que garantiza el derecho a perpetuidad, sin que nadie pueda legítimamente impedirlo, a cualquier sacerdote hasta el fin del mundo, que quiera celebrar como el rito que hoy se conoce con el rito de San Pío V (Cfr. Dz 942)

Me permito recordar estos cánones......



CÁNONES DEL SACRIFICIO DE LA MISA


CAN. I. Si alguno dijere, que no se ofrece a Dios en la Misa verdadero y propio sacrificio; o que el ofrecerse este no es otra cosa que darnos a Cristo para que le comamos; sea excomulgado.

CAN. II. Si alguno dijere, que en aquellas palabras: Haced esto en mi memoria, no instituyó Cristo sacerdotes a los Apóstoles, o que no los ordenó para que ellos, y los demás sacerdotes ofreciesen su cuerpo y su sangre; sea excomulgado.

CAN. III. Si alguno dijere, que el sacrificio de la Misa es solo sacrificio de alabanza, y de acción de gracias, o mero recuerdo del sacrificio consumado en la cruz; mas que no es propiciatorio; o que sólo aprovecha al que le recibe; y que no se debe ofrecer por los vivos, ni por los difuntos, por los pecados, penas, satisfacciones, ni otras necesidades; sea excomulgado.

CAN. IV. Si alguno dijere, que se comete blasfemia contra el santísimo sacrificio que Cristo consumó en la cruz, por el sacrificio de la Misa; o que por este se deroga a aquel; sea excomulgado.

CAN. V. Si alguno dijere, que es impostura celebrar Misas en honor de los santos, y con el fin de obtener su intercesión para con Dios, como intenta la Iglesia; sea excomulgado.

CAN. VI. Si alguno dijere, que el Canon de la Misa contiene errores, y que por esta causa se debe abrogar; sea excomulgado.

CAN. VII. Si alguno dijere, que las ceremonias, vestiduras y signos externos, que usa la Iglesia católica en la celebración de las Misas, son más bien incentivos de impiedad, que obsequios de piedad; sea excomulgado.

CAN. VIII. Si alguno dijere, que las Misas en que sólo el sacerdote comulga sacramentalmente son ilícitas, y que por esta causa se deben abrogar; sea excomulgado.

CAN. IX. Si alguno dijere, que se debe condenar el rito de la Iglesia Romana, según el que se profieren en voz baja una parte del Canon, y las palabras de la consagración; o que la Misa debe celebrarse sólo en lengua vulgar, o que no se debe mezclar el agua con el vino en el cáliz que se ha de ofrecer, porque esto es contra la institución de Cristo; sea excomulgado.

Hasta aquí la enseñanza infalible del Concilio de Trento.

Es necesario resaltar aquí que Su Santidad Juan Pablo II en su última Encíclica –“Ecclesia de Eucaristía”- sobre la Eucaristía recuerda la enseñanza de que el referente teológico para la Misa es el Concilio de Trento.

SIGLO XVII: La liturgia codificada por San Pío V sufrió alteraciones desde fines de este siglo, especialmente en Francia, por influencia del galicanismo, del protestantismo y del jansenismo. Algunas de estas alteraciones fueron: disminución del espíritu de oración, reducción del culto a la Santísima Virgen y a los santos; aumento de las lecturas bíblicas; en algunos lugares se reemplazó el altar por una mesa, sin embargo, nadie tocó el canon, que se siguió rezando en latín, pero en voz alta.

SIGLO XVIII: Continúa la tendencia a la desacralización y a la profanación del templo, la disolución y la anarquía litúrgica. Hubo muchas diócesis con liturgias particulares. El Sínodo de Pistoya fue condenado en 1794, por atentar contra la pureza del rito de la Misa.

SIGLO XIX: La Misa fue restaurada en su pureza, principalmente en 1830, en Francia, por influencia de Dom Guérarger, fundador de la abadía de Solesmes.

El Papa León XIII (1878-1903) en su encíclica “Mirae charitatis” defiende la Misa atacada por el racionalismo y el liberalismo.

SIGLO XX: Se ataca de nuevo la Misa con la herejía modernista. Surge un movimiento litúrgico bueno en sus comienzos pero desviado en su fase final: en la Misa prevaleció el aspecto pastoral sobre el aspecto cultural y el positivismo nacionalista se quiso imponer sobre el culto debido a Dios.

A fines de 1947 SS Pío XII trató en vano de poner atajo a la larvada subversión litúrgica publicando la encíclica “Mediator Dei”, la cual condena el llamado “arqueologismo litúrgico” o el argumento de volver a ritos arcaicos. Prohíbe reemplazar el altar tradicional (Con el Ara consagrada como corresponde a un Sacrificio que se realiza) por una mesa despegada del Sagrario que sólo figuraría una Cena Memorial.

El 25 de julio de 1960 el Papa Juan XXIII publicó el Motuo Proprio “Rubricarum Instructum” aprobando y promulgando las rúbricas últimas del breviario y del Misal romano de la Misa de san Pío V.

El 22 de febrero de 1962 Juan XXIII publica la Constitución Apostólica “Veterum Sapientia” acerca de la importancia del estudio del latín y de su utilización en las acciones litúrgicas y en la Misa, porque como lengua sagrada conserva viva e inmutable la doctrina de la Iglesia. Dijo: “Mandamos que la lengua latina sea conocida, enseñada y por todos diligentemente conservada”.

Así llegamos al año 1969, siendo pontífice el Papa Pablo VI, el día 1° de noviembre se instala en la Iglesia una nueva Misa... fabricada por una Comisión a cuyos trabajos fueron invitados seis Pastores protestantes

-Desde que se publica el NOM, teólogos calificados, Pastores de almas, presbíteros, y algunos prelados quedan impactados con las “novedades” de la nueva liturgia; alertaron al Santo Padre y a las autoridades de las “carencias” del nuevo rito. Que sin ser en sí inválido corría el riesgo de favorecer interpretaciones contrarias a la doctrina definida sobre el Santo Sacrificio de la Misa, lo que no es posible decir del Rito tradicional, de la Misa llamada de San Pío V.

-Particularmente porque había vacíos en la necesaria manifestación de la doctrina sobre la presencia real. El misterio de la Transustanciación se expresaba de modo ambiguo... como si la presencia real se pudiera confundir con o se equiparara a la espiritual... o a la Liturgia de la Palabra.

-Lo mismo con la verdad esencial de la necesidad indispensable del sacerdocio ministerial para que haya Misa (como lo ha recordado de nuevo el Santo Padre Juan Pablo II en su última Encíclica sobre la Eucaristía). La Misa no la celebra “el pueblo de Dios o asamblea de fieles reunida en nombre de Jesucristo” y cuyo presidente sería el sacerdote” como se afirmó el famoso el Art. 7 del Fundamento Doctrinario de la nueva liturgia... estos equívocos pueden eventualmente permitir una celebración inválida, cosa que difícilmente puede suceder con el rito multisecular

-Y luego, la noción de “sacrificio propiciatorio” es la definición misma dada por el Concilio de Trento; la Misa no puede ser sólo un sacrificio de acción de gracias: “Eucaristía”; no es sólo un sacrificio de alabanza sino esencialmente un Sacrificio Propiciatorio (como vimos, es la condición necesaria después del pecado).

Estas son 3 verdades fundamentales e imprescindibles al carácter católico de la Misa.

-Los cardenales Ottaviani y Bacci se hicieron eco de estas inquietudes y alertando sobre las posibles consecuencias funestas de lo realizado, (que lamentablemente con el tiempo se han realizado) presentaron un breve examen crítico del NOM al Papa, pidiéndole dos cosas:

Que no fuera abrogado el rito tridentino
Que de todos modos fuera dejado el libre uso a los sacerdotes de celebrar la Misa Tradicional.
- Desafortunadamente dicho documento sólo sirvió para que se recorrigiera el Art. 7 haciéndolo más conforme con la doctrina católica ya que era verdaderamente de tenor protestante. Inclusive el Card. Journet muy allegado al Papa, que lo hizo Cardenal, llegó a decirle: “Esta definición del Art. 7 de la Misa es herética”... ¿cómo se pudo hacer?

- A pesar de las altas instancias que se presentaron en ese momento no se hizo nada a favor del rito tradicional.

- Entonces, poco a poco, se organizaron grupos laicos en mayor o menor cantidad en diversas partes del mundo decididos a apoyarse en los sacerdotes que comprendían la necesidad de servirle a la Iglesia evitando, en cuanto estuviera de su parte, la extinción de un rito que en su esencia se remontaba a los apóstoles.

- Esta resistencia impresionó a la jerarquía. No esperaban ver esta reacción de fieles, que a priori son dóciles a las orientaciones romanas... pero en este punto crecen de más en más estas reacciones… el propio Cardenal Ratzinger ya advertía el fenómeno que se generaba y por otro lado fundamenta la reacción de pequeños grupos y que fue creciendo de más en más; en uno de sus varios textos sobre la Liturgia escribió:

" Tras el concilio Vaticano II se generó la impresión de que el Papa podía hacer cualquier cosa en materia de liturgia (...). Así fue como desapareció, en grandes zonas de la conciencia difusa de Occidente, la noción de liturgia como algo que nos precede y que no puede ser ´hecho´ a nuestro antojo. Pero de hecho, el concilio Vaticano 1º no pretendió definir en absoluto al Papa como un monarca absoluto, sino, por el contrario, como el garante de la obediencia a la palabra transmitida: su potestad se liga a la tradición de la fe, lo que rige también en el campo litúrgico (...). La autoridad del Papa no es ilimitada: está al servicio de la santa tradición ". (JOSEPH RATZINGER, Introducción al Espíritu de la Liturgia , Ediciones San Pablo, pág. 162.)

- De manera que el Papa, para detener este fenómeno creciente, debió intervenir. Lo hizo en el consistorio del 24 de mayo de 1976. Puso todo el peso de su autoridad pontifical para pedir a todos que fuera celebrada la Misa nueva.

- A pesar de esta insistencia del Soberano Pontífice, poniendo de presente su autoridad, la “Tradición” continúa; inclusive una diócesis, en Campos, Brasil, con su Obispo a la cabeza, manifiesta al Papa, con argumentos teológicos, su intención de mantener el rito tradicional y así pudo hacerlo oficialmente, sin que tuviera mayores inconvenientes para hacerlo, y sin replicas a su argumentación para tal resolución.

- Se llega a 1984 con la publicación de la “carta del indulto” “Quattuor Abhinc Annos”: Constatando el aumento de la reacción, Roma autorizaba al Ordinario del lugar a conferir un indulto a los sacerdotes y fieles que desearan mantener la Misa Tridentina. Pero ponía como condición no tener ninguna relación con la FSSPX si querían beneficiarse del indulto.

- Es claro que esto era fundado en condiciones tales, que se daba el indulto justamente a los que no querían la Misa. Era una simple concesión, provisoria, esperando la desaparición de la generación antigua que por nostalgia, se decía, aún se apegaba a formas litúrgicas superadas.

Pero la opción por el Rito Tradicional continúa creciendo en el mundo católico, en la medida que se hace evidente el deterioro de la Fe y la llamada “apostasía silenciosa” en grandes parcelas de la Iglesia, lo que no deja de inquietar a la Suprema Autoridad.

- Y en 1986, constatando el aumento del deseo de la Misa Tradicional, el Papa nombra una Comisión de Cardenales (esto sólo fue público en 1995 cuando el Card. Stickler dio una conferencia en EUA) haciéndoles dos preguntas:

¿Está abolida la Misa Tridentina?
¿Puede un Obispo prohibirle a un sacerdote, canónicamente en orden, decir la Misa Tridentina?
Y dice el Cardenal que 8 de los 9 cardenales habían reconocido que la Misa Tridentina no había sido abolida y que ningún obispo tenía la posibilidad jurídica y canónica de prohibirle a un sacerdote celebrar la Misa Tridentina y los sacerdotes no pueden ser obligados a celebrar el Nuevo Rito de la Misa.

Y más aún, en 1986 esta Comisión de Cardenales daba una solución de paz litúrgica proponiéndole al Papa reconocer la libertad, para todo sacerdote, de escoger entre la Misa Nueva y la Misa Tridentina.

El Sr. Eric de Saventhem, Presidente de Una Voce internacional, daba textualmente esta proposición:

“para cada Misa celebrada en lengua latina –con o sin fieles presentes- el celebrante tiene el derecho de escoger libremente entre el Misal de Pablo VI (1970) y el de Juan XXIII (1962)”.

-Era un gran avance si se compara esta propuesta de 1986 con las palabras del Pablo VI en 1976.

- Es el mismo Card. Stickler quien nos revela que esta propuesta suscitó una gestión -Lobby- de cardenales y personalidades del episcopado, francés en particular y de países de la cuenca del Rhin, que vinieron a ver al Papa diciéndole “sobretodo no permita esta libertad litúrgica, esa libre escogencia del ritual”.

- El Papa que había aceptado en principio la propuesta de la comisión debió retroceder... todo quedó igual.

- Luego en 1988, con ocasión de las consagraciones episcopales en Econe, aparece un nuevo texto: el Motu Proprio “Ecclesia Dei Aflicta”, quiérase o no, es un nuevo paso a favor de la Misa tradicional. El Papa pide que verdaderamente las autoridades locales, sean “amplios y generosos” en dar facilidades para la celebración de la Misa tradicional. Nacen varias comunidades llamadas de “Ecclesia Dei”.

- Pasan 10 años más y en la peregrinación a Roma de dichas comunidades en 1998, asisten a una conferencia del Cardenal Ratzinger en la que él pide que sea reconocida la Misa de San Pío V.

Poco a poco sus pronunciamientos y argumentos de este Cardenal a favor de la Misa Tradicional junto con los otros Prelados se hacen más claros, y frecuentes. Poco a poco regresa sobre el terreno la Misa Tradicional. Citemos sólo uno, entre varios, en el libro “Le sel de la Terre, p. 172-173” dice lo siguiente: “Ciertamente soy del punto de vista que se debería acordar mucho más generosamente a los que desean el derecho de conservar el antiguo Rito, por lo demás no se ve qué tendría esto de peligroso o inaceptable. Una comunidad que declara de un momento a otro estrictamente prohibido lo que para ella era hasta entonces lo más sagrado y lo más alto, o que se le presenta como siendo inconveniente la extrañeza que tiene de ello, se pone ella misma en cuestión ¿Cómo aún se le creerá? ¿No irá a prohibir mañana lo que hoy prescribe?..... Desgraciadamente la tolerancia con las fantasías es entre nosotros casi ilimitada, pero es prácticamente inexistente en relación a la antigua liturgia. Así, ciertamente se está en el mal camino.”

En enero del 2002, con la creación de la Administración Apostólica “San Juan Ma. Vianney” el Papa da un paso sin precedentes desde 1969 para el retorno de la Misa y no es ya como “una concesión pasajera y provisoria” sino claramente como un derecho que se les reconoce como “facultas” que el Santo Padre les da para celebrar el Rito Tradicional (será necesario que este reconocimiento se extienda a todos los que quieran conservar el Rito Tradicional. Los Padres de Campos, con el reconocimiento de su “facultas” para el Rito Tradicional, dependen pues de la Congregación para el Clero y no de la Comisión “Eclesia Dei”.

Que se reconozca el derecho de la Misa Tradicional y restaurarán la Iglesia, la familia, habrá fuerza para luchar contra la imposición del paganismo, del homosexualismo, del terrorismo... veremos la Proclamación del Reino de Cristo por la Misa Tradicional.

Renacerá el espíritu misionero, florecerán las vocaciones con el fortalecimiento de la familia Cristiana, habrá más que una esperanza de revertir la masacre legal de los niños no nacidos y de las personas que llegan a la tercera edad, habrá una esperanza próxima de la conversión de los enemigos de la Iglesia. Que se vuelva a la Misa Tradicional y el Sacerdocio Católico se verá restaurado en su plenitud. Que se dé de nuevo la belleza al culto debido a Dios y se verá en medio de la jerarquía, en medio del sacerdocio y entre los fieles, la santidad, la valentía de decir no al pecado o de reencontrar (en medio de las tentaciones y de la agresividad del satanismo) la fuerza de la perseverancia y de la penitencia comunicada por la gracia que fluirá con abundancia.

- El balance actual del retorno de San Pío V es positivo y permite ampliar la esperanza.

En ese análisis del Card. Stickler que escribe: “El Papa ha sido en un sentido... de más en más favorable a la Misa Tridentina y él no retrocederá, al contrario, irá adelante”.

De hecho se avanza luego en la Misa Tradicional celebrada el 24 de mayo de 2003 (otro el 24 de mayo muy distinto del de 1976) en la Basílica Santa Ma. Mayor se da un nuevo paso: Una declaración, en nombre del Santo Padre , en una Basílica Romana, un cardenal que ocupa un altísimo cargo (Prefecto de la Congregación del Clero y Presidente de la Comisión Ecclesia Dei”) afirmando que el antiguo Rito Romano conserva el derecho de ciudadanía dentro de la Iglesia y no se puede considerar extinguido

- Otras declaraciones (Ratzinger)

- Aniversario de la Congregación para el culto divino y los sacramentos en el que la alocución que hizo el Papa alabó el Misal de San Pío V por lo que el Osservattore Romano no publicó

- Encíclica del Papa “Ecclesia de Eucharistia”

- Documento Vaticano sobre la Represión de los abusos en la Liturgia

Parece evidente que en Roma se quiere y se camina para un retorno en la Iglesia de la Misa de San Pío V y se quiere una solución para la Misa y para los Sacerdotes y comunidades que están legítimamente apegadas a él; por la paz litúrgica y el bien de todos. Se avecina (y Dios quiera que sea la gran gracia que se obtenga antes de terminar este año Eucarístico que empieza en Guadalajara con el 48 Congreso Eucarístico) una solución global, general, como lo anunció el Card. Castrillón en reciente entrevista dada a “Latin Mass” que titula: “El Card. Castrillón Hoyos afirma que el Vaticano está preparando la publicación de una “garantía jurídica” para la Misa Tridentina.

Pero Roma está interesada en la creación de múltiples soluciones concretas, prácticas, para los casos y así mostrar (a quienes se oponen) que esto puede funcionar; esto ya existe algunos lugares sin que se haya afectado negativamente, muy al contrario, la Pastoral ni la unidad: Hay que multiplicar estas soluciones concretas.

Lamentablemente no se ve, en el conjunto del episcopado mundial, una correspondencia al deseo y a los pronunciamientos de Roma como sería deseable esperar. En muchos lugares aún subsiste el espíritu de los años 70s. Son frecuentes los casos en que los sacerdotes, aún con apoyo y recomendaciones desde Roma, ven obstaculizada su regularización, con las Iglesias locales, por querer conservar la Misa Tradicional. Personalmente conozco varios casos y en este momento reposa en manos los documentos correspondientes de un caso que ratifican lo dicho.

Un sacerdote que celebra la Misa Tradicional pide a Roma la autorización y manifiesta su deseo de estar en armonía con la autoridad de la Iglesia local. Tal y como Roma lo ha manifestado públicamente en reiteradas ocasiones. El Obispo, ordinario del lugar donde vive, le pide que resuma por escrito, su situación personal y sus deseos. Así se hace y recibe como respuesta el siguiente argumento que me permito extractar del documento omitiendo los nombres:

“Apreciado Padre:

“Por la importancia que tiene para la Iglesia Universal, la persona del Sacerdote, y sus actividades ministeriales, y según le comuniqué en días pasados, di a conocer al Colegio de Consultores (11/05/04), su firme decisión de permanecer fiel al Rito Tridentino, sus actividades y su propuesta (01/04/04), y el Colegio concluyó lo siguiente:

Se consideró la carta fechada en Roma el 8 de marzo de 2001, en la cual el Eminentísimo Señor Cardenal Darío Castrillón Hoyos, Prefecto de la Sagrada Congregación del clero y Presidente de la comisión ECCLESIA DEI, donde pide al Señor Cardenal de nuestra Arquidiócesis de XX, NN, como “Obispo benévolo” estudie la posibilidad de acoger en la Arquidiócesis al Sacerdote NNN. A lo que el Señor Cardenal NN, manifestó de manera verbal que no era necesario ni conveniente establecer el Rito Tridentino en la Arquidiócesis de XX y por ende tampoco era oportuna la creación de una “parroquia personal”.
.....
Al hacer una consideración pastoral sobre la realidad de nuestra Diócesis, se vio que la Pastoral y la Liturgia según el rito de San Pío V (Misa Tridentina), aunque tiene la anuencia de la Iglesia Universal, no ayuda a fomentar y consolidar la unidad y comunión, tan importantes para esta Diócesis....” (el negrito es mío)
De manera pues que la Misa Tridentina “no es conveniente ni oportuna”, “ni ayuda a fomentar y consolidar la unidad y comunión” tan importantes para este cardenal y este obispo que así responden; pero, eso sí, no dejan de fomentar esta unión y comunión con el desfile frecuente de prelados a las sinagogas para celebrar los ritos que fueron la prefigura del Rito Católico. La Misa a la que asistieron los santos de toda la Iglesia, aunque “tiene la anuencia de la Iglesia Universal”, no es conveniente; pero sí los ritos paganos que con frecuencia se ven en nuestros templos católicos, como recientemente sucedió en la Capillita de las apariciones de la Virgen de Fátima, cosa que siendo tan frecuente en otras partes ha dejado de ser noticia. Pero ¿de qué comunión y de qué unidad están hablando?... ¿A qué criterios obedecen las directivas pastorales de ciertos obispos?... Lo que se constata es que, dichos criterios, no coinciden con la Tradición católica ni con lo manifestado públicamente por la Autoridad de la Iglesia.

Pero la Providencia se continúa manifestando por el reconocimiento del Derecho imprescriptible del Rito milenario:

8 de Septiembre 2006: El Papa Benedicto XVI otorga un grande y hermoso regalo a Nuestra Señora en el día de su cumpleaños. Ha sido erigido canónicamente el Instituto del Buen Pastor (IBP), como Sociedad de vida apostólica de Derecho Pontificio, reuniendo sacerdotes, con la triple Misión de promover una crítica constructiva al Concilio, que permita finalmente al Papa dar una interpretación auténtica a sus documentos, de erigir parroquias personales para celebrar el rito Gregoriano, como rito propio y exclusivo conservando todos los libros litúrgicos vigentes en la Iglesia el año 1962.

Presentamos lo que es realmente la índole del Instituto del Buen Pastor.


El IBP, como Obra de Iglesia, nace providencialmente obedeciendo a una necesidad espiritual de la cristiandad actual. Ya se puede entrever, en su corta existencia canónica, el modo de actuación de la Providencia en el corazón de la Historia de la Iglesia; con una gracia específica (con su carisma propio como hoy se diría) Dios ha suscitado un medio visible, entre otros, de transmisión, continuidad y permanencia de lo inmutable; el IBP hace hoy de puente entre el pasado y el futuro para que las próximas generaciones, beneficiándose de lo permanente del pasado, puedan acrecentar con su aporte la Gloria de Dios y la salvación de las almas. El Rito Gregoriano (o Tridentino) no es más una tolerancia o una permisión dada por indulto; es un derecho reconocido como “derecho propio y exclusivo”

Todo esto no puede dejar de sugerirme una reflexión sobre algunos sueños de Don Bosco, las apariciones de Fátima y particularmente la publicación de la visión del tercer secreto dada por los Card. Sodano y Ratzinger.


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ESQUEMA:
Creación para comunicar la felicidad de la vida intima de las relaciones Trinitarias. P. Original – A.T.- N.S.J.C.- última Cena- 3ra. Misa
Fin Último que se realiza en la comunión (unión de la criatura con el Creador- para ser feliz como Dios es feliz. Transformar en Dios, trinificar ----- de esa verdadera transformación de las especies
Fátima y la Eucaristía: Misterium Fidei

------. Tercer Secreto visión: Triple caída y

------ en zigzag lento del Suel

----- Sueños de Don Bosco: Barca, Salida y regreso a Roma 180 salidas de sol

Noción de Sacrificio: Sacrum facere

Latréutico

4 fines Eucarístico

Impetratorio

Propiciatorio. Oblación y P. Original y propiciación

Sacerdocio deputado su orden al sacrificio



Rito: que ---- explícita la razón del Sacrificio

Def. expresada la Fe: Noción de Revelación ---- Fe: -----

Noción de Revelación Moderna --- Fe: -----

Rito Revelado en figura A.T. Sacrificios Propiciatorios

Miqueas. Moisés Ataba una Nueva y Eterna Alianza ---------------------

Realización de las Figuras. El Sacrifico: Nuevo y Eterna Alianza en la Sangre de NSJC Misterios de Nuestra Fe Transustanciación
La ----------- y luego 20 en transformación de las especies

Rito Romano que en los 5 últimos siglos se le llama Rito Tridentino o de San Pío V pero que en realidad en su núcleo esencial remonta a los Apóstoles

“Es menester vivir como se piensa, so pena de terminar pensando como se vive”
Llega a 1969 – Se presenta un Nuevo Rito, Nueva Misa que al decir el Mons. Klaus Gamber en una de sus publicaciones sobre la Reforma Litúrgica ------------ por varios prelados y 3 cardenales, Oddi, Stickler y Ratzinger no fue el producto ni tiene sus raíces en la tradición --- evolución enriquecedora sino que fue una fabricación por “expertos” que en él proyectaron la Nueva Teología de que estaban involucrados. El Card. Ratzinger llega a llamarlos “fabricación de un nuevo rito”, hecho sin precedentes en toda la historia de la Iglesia desde ---- hasta nuestros días.
Voluntad cada vez más clara de liberación y el retorno del Rito Tradicional. ----------

Rito Católico de la Santa Iglesia de Jesucristo: Orígenes de los Misales Romanos desde el Medioevo hasta la codificación de San Pio V y los del s. XXI


Missale Romanum es el libro litúrgico según el rito romano que contiene todas las ceremonias, oraciones, lecturas y rúbricas para la celebración de las oraciones para la celebración de la Santa Misa.

Se le llama misal romano, porque es el oficial de la Iglesia católica y consta de tres partes: el ordinario de misa, con las oraciones de cada día, el santoral y las misas votivas, y misas de difuntos. Aunque escrito en latín, la lengua oficial de la Iglesia, ha sido aprobado por todas las Conferencias Episcopales católicas una versión en la lengua vernácula.

Mucho antes de la Alta Edad Media, varios libros se utilizaron para la celebración de la Misa: el sacramental con el Canon, las oraciones y el leccionario. Poco a poco, los manuscritos incorporaron todas estas partes en uno o más libros en su conjunto. En esos libros se llama Missale pleno, es decir, el despido Plenario completa.

La codificación definitiva de los misales se impusieron a partir de 1570, por iniciativa del Concilio de Trento. Salvo pequeñas reformas a lo largo de los siglos se utilizó el mismo misal hasta el Concilio Vaticano II, incluso durante este. Desde este Concilio y hasta 1969 se introdujeron reformas graves que impulsaron la adopción de la reforma bajo Pablo VI. Las reformas que sufrió afectaron al ordinario de la misa: ofertorio, fracción y comunión, y también a las lecturas especialmente a las de los Domingos y festivos. Además de la aparición de las lenguas vernáculas, surgiendo ediciones bilingües.

También se consideraba al misal como un libro de piedad, para uso de los feligreses. Este era de menor tamaño y contenía las misas del año o solamente las de los Domingo y festivos.

Actualmente, y en virtud del Motu Propio Summuorum Pontificium, pueden usarse, tanto el Misal promulgado por San Pío V, y revisado por el Beato Juan XXIII (que es característico de la misa con el rito extraordinario, en la lengua oficial de la Iglesia Católica, que es el Latín), o bien, el Misal Romano de Pablo VI, conocido como "Novus Ordo Missae" (que es característico de la misa con el rito ordinario, en lengua vernácula)

Tras la crítica hacía la reforma del misal de 1969, o misal de Pablo VI, que preparó un grupo de teólogos encabezados por el arzobispo Marcel Lefebvre y que hicieran suya en su momento los cardenales Bacci y Ottaviani: conocida este texto como Breve examen crítico del Novus Ordo Missæ o intervención de Ottaviani la que fue ignorada por Pablo VI y ocultada por la curia Romana.

Conociendo más acerca de la restauración de la misa tradicional católica



Comentario del Padre Philippe Laguérie


Mi primera reacción ante el documento histórico del Papa Benedicto XVI será esta cita del profeta Isaías donde obviamente Jerusalén es nuestra Iglesia católica y romana: “Alegraos con Jerusalén, exultad debido ella, todos vosotros los que la amáis! ¡Con ella estad en la alegría, todos vosotros que llevabais su luto! Así se os alimentará y se os saciará con la leche de sus consolaciones, y sacareis con delicias la abundancia de su gloria. Así dice el Señor: Derramaré sobre ella la paz como un río y la gloria de las naciones como un torrente que desborda. Sus niños de pecho serán llevados sobre la cadera y acariciados sobre las rodillas. Como una madre consuela a su hijo, así os consolaré; en Jerusalén seréis consolados. A la vista de esto se alborozará vuestro corazón y vuestro cuerpo florecerá como la hierba y la mano del Señor se pondrá de manifiesto sobre sus servidores.” (Isaías 66, 10-14c).
¡La Iglesia Católica acaba de volver a encontrar su orgullo y cada uno de sus hijos puede alegrarse con Ella! ¡Tengo un sentimiento de alegría profunda, mezclado de reconocimiento y emoción, delante de este espectáculo tan inesperado de un papa, que algunos decían lento para obrar, y que en sólo dos años de pontificado, trae a plena luz la Tradición más venerable de la Iglesia, con orgullo y atrevimiento, el tesoro de la misa de San Gregorio el Grande (con él, el de los Apóstoles), de San Pío V, del Beato Juan XXIII (¡qué conciliar irreducible podrá bien impugnarlo!)
Estoy obligado a proceder por puntos sucesivos para no omitir nada de este texto tan denso como preciso, a riesgo de alterar la unidad profunda y el trazo directo de una escritura apasionada y detenidamente reflexionada.
Digamos simplemente que no hay aquí ningún triunfalismo primario y de mala índole: hoy no es la victoria de nadie; menos aún de un campo contra otro. Es la victoria de todos. Es la victoria de la Iglesia Católica, de su Papa, de sus obispos, de sus sacerdotes y de sus fieles humillados todos tanto tiempo bajo un yugo extranjero: la autodemolición de la Iglesia se detiene, los humos de Satanás se disipan, la barca de San Pedro, que “hacía agua por todas partes” vuelve a tomar la mar con audacia y vierte su orgullo eterno de esposa de Jesucristo sobre cada uno de sus hijos…


1/ Un documento muy breve.
Tres pequeñas páginas que dicen todo, sin omisión ni palabrería: ¡hacía ya mucho tiempo que no se nos había hablado en ese tono! He aquí que volvemos al tiempo de los antiguos papas que dictaban, con fuerza y simplicidad, su voluntad clara e inmediata (“Motu Proprio”) del bien de la Iglesia. Es el antiguo y buen método del Evangelio, muy simplemente: “que vuestro sí sea sí, que vuestro no sea no: lo demás viene del Maligno”. Se notará también no solamente la potente voluntad de decir lo que es necesario hacer, sino también la de llegar a sus fines: el párroco que no quiere oír nada, será diferido al obispo y el obispo a la Comisión. El papa tiene en cuenta, muy precisamente, que el Motu Proprio de 1988 quedó en letra muerta y toma los medios para que el suyo sea verdaderamente una actualización en sentido concreto del paso al acto. La Santa Sede velará por esto y en tres años se hará un balance. Es el estilo del gran San Pió X.


2/ Considerandos precisos.
El Papa en primer lugar pulveriza dos objeciones: el poder de los obispos no está disminuido, al contrario sale verdaderamente reforzado y la cuestión doctrinal subyacente en nada es recortada. Es una evidencia doble de la cual es necesario tomar nota y con urgencia. Cuando los obispos habrán dado verdaderas parroquias personales a los fieles y a los sacerdotes, obviamente se reforzará su autoridad; mientras que si se continúa en una guerra fratricida, todo el catolicismo naufraga y con él sus jefes. Por otra parte el principio famoso “lex orandi, lex credendi” del Papa Zeferino, precisamente recordado así por su sucesor nos indica que a fuerza de rezar “de una manera” pensaremos del mismo modo. Ya expresé a menudo en este Blog lo que pienso de los debates doctrinales previos: una coartada de pacotilla que disfraza bien mal una obstinación no confesable. Monseñor Lefebvre quería que se nos dejara hacer la experiencia de la Tradición: tienen la ocasión soñada, sancionada y garantizada por el Papa…
Tanto más que después de refutar estas dos falsas objeciones, el Papa dice simplemente la razón práctica de su decisión: la unidad de la Iglesia. Y en particular el regreso de la FSSPX. Con las palabras más conmovedoras, el Papa citando a San Pablo a los Corintios, invita a Monseñor Fellay a abrir su corazón (…) y a considerar el gesto magnánimo y la oferta suntuosa que se le hace. Reconozco que en su lugar saltaría en el avión para Castel Gandolfo… porque el Papa reconoce los errores de la jerarquía de entonces y no hace ningún reproche a Monseñor Lefebvre ni a su sucesor de hoy. El levantamiento de la excomunión sería muy rápido, sin ninguna duda, y sería hecho un buen lugar para la obra de Monseñor Lefebvre. En la carta a los cuatro obispos que Monseñor Lefebvre les dirigía, justo antes de elevarlos al episcopado, les daba esta orden de tener que volver a poner un día su episcopado entre las manos del sucesor de Pedro. ¿Este día llegó? ¿Se presentará de nuevo una ocasión tan providencial? Cuestión de corazón, muy simplemente. Nunca un Papa habrá hecho tal adelanto y en términos tan patéticos. Porque a nivel doctrinal, el que más rápidamente avanza obviamente es el Papa…


3/ Observaciones más que juiciosas.
Se aprenden, en estos dos documentos, mil y una cosas de las más sorprendentes. La misa tradicional nunca fue abrogada, nunca. La indeterminación que pudo prevalecer bajo el reino de Pablo VI terminó (Consistorio del 24 de mayo de 1976). La comisión teológica reunida por el Papa Juan Pablo II en 1986, y revelada, la primavera pasada, por el Cardenal Castrillón Hoyos, tenía bien razón: la misa tradicional no se abrogó nunca y es necesario devolverla a la Iglesia. Tal, al menos, era el dictamen de ocho cardenales entre nueve. Ahora se sabe que el papa Juan Pablo II no llevó a cabo esta recomendación bajo la presión reconocida de algunos obispos; qué importa ahora: las cosas quedan claras definitivamente. Roma habló, se acabó el asunto. Olvidemos, les ruego, las injusticias y las censuras.
Uno también se entera de que la misa tradicional no es una cuestión de nostálgicos y de ancianos: la mayoría de los que la reclaman son jóvenes quienes no pudieron conocerla en su celebración pre-conciliar. Es lo sagrado que transmite lo que atrae y fascina. Desde hace 30 años se nos dice lo contrario (cuestión de sensibilidad para retrógrados inadaptados y anticuados…) esta simple justicia da calor al corazón. ¿Y de dónde vendrían, por lo demás, estas muy numerosas vocaciones para la Tradición por parte de gente que no la conoció?
La continuidad de la Tradición litúrgica es el principio director del Papa actual como lo era del cardenal Ratzinger. Siendo la liturgia el lugar privilegiado de la Tradición toda ruptura es letal. Como en una cadena, el eslabón que falta o esta roto destruye el conjunto; sólo los evolucionistas no concuerdan. ¿Cómo sería creíble la Iglesia condenando hoy lo que predicaba ayer? ¿No va a prohibir mañana lo que recomienda hoy? Francamente, numerosos aprendices de brujo en este ámbito, habrían merecido bien que su producción de un día fuera proscrita hoy.
Ya que el Papa no actúa de manos muertas con los abusos que conocimos: esta improvisación esencial que era a la nueva liturgia lo que el espíritu del concilio era a su letra, la califica como estando “al límite del soportable” (sic). ¡Era necesario que esas cosas fueran dichas y que lo fuesen por un papa de la Iglesia Católica! Estando dichas estas cosas ya no comprometen más la responsabilidad de la Iglesia sino solamente a sus miserables autores: el honor de la Iglesia está a salvo. Estas hostias que hace mucho tiempo se han enviado, después de la misa, al almacén porque, entonces, la presencia de Jesucristo sólo era espiritual (si dos o tres se reúnen en mi nombre… artículo 7 de la Institutio generalis), este obispo sudamericano que encendía su cigarrillo, báculo a la mano y mitra en la cabeza, en el curso de su “synaxis” explicando que la misa que no era más que una comida durante la cual tenía costumbre de fumar… sólo era necesaria una palabra de un papa para desconectar la Iglesia de estas abominaciones: es cosa hecha.


4/ Las decisiones que se imponen.
En adelante todo sacerdote católico puede celebrar, sin ninguna autorización distinta a la presente del Papa, su misa rezada según el rito de Gregorio el Grande, Pío V, Juan XXIII, que es el mismo. ¡Si algún periodista se ahoga con la idea que es la misa de Gregorio o Pío, que se tranquilice, o termine de enrabiarse, pensando que es la “del Buen Papa Juan” que nunca celebró otra! Eso también es la Tradición… Que si quieren la lista de los papas que la celebraron así, es al menos de doscientos, y aún más.
A este sacerdote puede agregarse los fieles que lo desean sin otra formalidad, mientras no sea una misa estatutaria (parroquial, conventual…)
Las comunidades tanto seculares como regulares pueden volver a la misa tradicional por simple decisión de sus superiores principales. Todas las comunidades de monjes, de religiosos, de religiosas, de vida apostólica lo pueden pues…
Los simples sacerdotes pueden acceder a las solicitudes de los fieles para toda misa tradicional, sin necesidad de recurrir al ordinario (o abrigarse detrás de él). Los grupos estables de fieles podrán obtener la misa del Bienaventurado Juan XXIII de sus párrocos, los cuales, si se niegan, serán denunciados al ordinario que deberá hacer todo para satisfacerlos. Si el ordinario esta en la incapacidad, es la comisión romana que decidiría.
Todo sacerdote puede volver a utilizar el breviario del papa Juan XXIII para su recitación personal…
Todos los demás sacramentos deberán darse según las rúbricas de 1962 a petición de los fieles. Así el bautismo, el matrimonio, el sacramento de los enfermos (extremaunción). Así matrimonios y peregrinaciones. Hasta los obispos que pueden utilizar el antiguo pontifical para dar así el sacramento de Confirmación…
Por fin los obispos pueden crear parroquias personales de rito propio (¡único prototipo muy conocido!) según el canon 518, para satisfacer la justa demanda de los fieles. Es obviamente la solución del futuro y la que devolverá definitivamente la paz a todos. Una parroquia como aquélla en cada ciudad de Francia y no se propondría hablar más de división y peleas. Restablecida la unidad y el respeto, el orden habría vuelto de nuevo y con él la paz y la prosperidad. La Evangelización volvería a salir, las conversiones, los bautismos, el orgullo cristiano y la prosperidad. El Papa lo quiere… ¿y ustedes?
Sí, les digo que desde Vaticano II, no hay documento pontificio más determinante para el bien común de la Iglesia. Gracias Santísimo Padre.


Padre Philippe Laguérie



Cuando Paulo VI promulgó, en 1969, el misal nuevo, fuimos muchos los que pensamos que se podía continuar usando el misal antiguo en forma paralela con el nuevo, ya que aquél no fue jamás abolido ni prohibido: ni por el Concilio Vaticano II ni por el Papa. Sin embargo, en nombre de un supuesto "espíritu del concilio", se impuso la nueva misa de manera obligatoria en todo el mundo. Eso comprendió la celebración en las lenguas vulgares o vernáculas y el volver los altares para que el celebrante mirase al pueblo. Además, se suprimieron ritos y gestos sagrados, se introdujeron músicas y melodías profanas y, con el tiempo, cada celebrante agregó por su cuenta interrupciones, abreviaciones, comentarios, posiciones e innovaciones, hasta el punto de que en ocasiones el fiel no reconocía en la misa la expresión de su carácter sagrado y ceremonial.

Como dice el Motu Proprio, los papas han procurado siempre que el culto divino sea de alabanza y gloria del nombre de Dios y, a la vez, que se atenga a las fórmulas consagradas por el magisterio supremo. Cabe señalar que siempre se ha estimado que la misa tiene un cuádruple carácter, a saber: latréutico (de adoración), impetratorio (de súplica), propiciatorio (de satisfacción) y eucarístico (de acción de gracias). Pero, por sobre todo, la misa es la renovación incruenta del sacrificio del Señor que el sacerdote, actuando "in persona Christi", ofrece al Padre en nombre propio, de los presentes y de todos los fieles, vivos y difuntos.

A muchos nos pareció que estas características esenciales de toda celebración a menudo se desdibujaban en el nuevo culto y no se expresaban tan clara y reverentemente como en el antiguo. En particular, la supresión del Ofertorio y la cuasi supresión del Canon Romano tradicional -en uso a lo menos desde el siglo IV- nos causaron graves zozobras espirituales. Además, consideramos que se "descentraba" la ceremonia al sacar al Santísimo de su lugar central sobre el altar mayor y el celebrante se volvía al pueblo, que no es el punto de referencia adecuado. En la misa tradicional, sacerdote, acólitos y fieles miran en la misma dirección, ya que el primero conduce a los demás hacia el sacrificio del altar. Esa dirección fue ancestralmente el Oriente, que representaba a Jerusalén, lugar donde vivió, murió y resucitó N.S. Jesucristo. En esto no hacíamos más que actuar como todas las religiones antiguas; por ejemplo, judaísmo e islam, cuyos fieles oran mirando a Jerusalén o La Meca. Y también como todas las iglesias cristianas antiguas: ortodoxos, armenios, coptos, etiópicos, siríacos, etcétera. Incluso la mayoría de las iglesias anglicanas y luteranas no han dado vuelta los altares.

Nos parecía también que la mantención de los ritos sagrados, de la lengua sagrada, de la música sagrada, del espacio sagrado (presbiterio), de las vestiduras sagradas, de los silencios sagrados (Canon en voz baja) elevaba más fácilmente al fiel hacia Dios y lo predisponía mejor al milagro de la transubstanciación. En resumen, mantenían mejor la sacralidad, la belleza, la tradición apostólica, el misterio y el respeto, a la vez que lo sacaban del tráfago de la vida actual.

No obstante, jamás negamos el valor de la nueva misa y nos mantuvimos en paciente (y a veces, impaciente) esperanza de ver restablecida la liturgia que iluminó a miles de santos, convirtió a millones de fieles y elevó a los místicos al encuentro íntimo con Dios. Así y todo, durante más de 40 años muchos nos miraron con sospecha, molestia y rechazo al interior de la iglesia.

Hoy, manifestamos nuestra más profunda complacencia y gratitud hacia S.S. Benedicto XVI, quien satisfizo nuestra esperanza, nos confirmó en la fe y nos hizo un acto de enorme caridad. Somos más numerosos de lo que aparece a primera vista y lo único que deseamos es continuar viviendo nuestro cristianismo dentro de la fidelidad a Cristo, a la Iglesia y a la tradición litúrgica.


LA SANTA MADRE IGLESIA

Pontificia Comisión "Ecclesia Dei"


Autoridades

Presidente
Cardenal Darío Castrillón Hoyos

Secretario
Mons. Mario Marini

¿Qué es?

La Pontificia Comisión "Ecclesia Dei" fue instituida por Juan Pablo II con el Motu proprio promulgado el 2 de julio de 1988, tras el gesto cismático de las ordenaciones episcopales ilegítimas realizadas por el Arzobispo Marcel Lefebvre en Ecône (Suiza).

La Carta Apostólica indica la finalidad de la Comisión: colaborar con los Obispos, con los Dicasterios de la Curia Romana y con otros ambientes interesados para facilitar la plena comunión eclesial de los sacerdotes, seminaristas, comunidades y religiosos y religiosas, hasta ahora, de alguna manera, ligados a la Fraternidad fundada por Monseñor Lefebvre, que deseen permanecer unidos al Sucesor de Pedro en la Iglesia Católica, conservando sus tradiciones espirituales y litúrgicas, a la luz de Protocolo firmado el 5 de mayo de 1988 por el Cardenal Joseph Ratzinger y el Arzobispo Lefebvre.

La Comisión ha tenido dos funciones, haciendo uso de las facultades especiales que le fueron concedidas por el Papa:

1. Regular la situación canónica de un cierto número de comunidades religiosas de índole tradicionalista, ya existentes, pero sin reconocimiento por parte de la Iglesia, dándoles una forma canónica correspondiente a su carisma. Se ha encontrado, además, una integración eclesial para no pocos sacerdotes tradicionalistas, hasta ahora sin incardinar.

2. Colaborar con los obispos locales para satisfacer a numerosos grupos de fieles unidos a la tradición litúrgica latina, que solicitan la regular celebración de la Santa Misa según el rito del 1962 en sus diócesis; estos grupos existen en Europa (Francia, Suiza, Alemania, Austria, Inglaterra e Italia), en América (Estados Unidos, Canadá, Argentina, Chile) y en Australia.

La Comisión, en tal caso, puede indicar al Obispo local alguna vía para salir al encuentro de estos fieles, o hacer presente la necesidad de "respetar las justas aspiraciones" de estos fieles.

La Comisión tiene un Presidente, un Secretario y otros colaboradores. Un grupo de "expertos permanentes", formado por representantes de los Dicasterios interesados, presta preciosos servicios con su consejo y pericia.

Sobre los Misales y la Liturgia Sacra de la Iglesia


Se llama misal al libro de la liturgia que contiene las oraciones que reza el sacerdote durante la Santa Misa.
Desde el Concilio Vaticano II el Misal incluye el Sacramental (parte ritual de la Misa que el sacerdote reza desde el altar o la sede) y el Leccionario (contiene las lecturas de la Sagrada Escritura).

El misal del rito romano se llama "Misal Romano" porque se desarrolló en la ciudad de Roma. En el transcurso de los siglos tomó formas que tienen gran semejanza con las vigentes en tiempos más recientes.

-Misal de Pio V (Misa Tridentina): San Pío V, después del Concilio de Trento, con la Bula “Quo Primum Tempore”, 14 Julio 1570, renueva el Misal Romano "según la norma de los Padres", "como siempre lo ha entendido y enseñado la Iglesia católica"

-Juan XXIII editó el misal de Pio V en 1962. Es el mismo misal con solo pequeños cambios. Carta Motu proprio "Rubricarum Instructum"

-Concilio Vaticano II, en su Constitución “Sacrosanctum Concilium”, dispuso la revisión de la liturgia.

-"Novus Ordo Misae", de Pablo VI. "Missale Romanum", 3 Abril, 1969, El Papa adopta el nuevo misal romano reformado según el Concilio Vaticano II.
-Pablo VI aprueba los libros litúrgicos reformados y en parte renovados. El nuevo misal es efectivo en 1970.
-El misal de Pablo VI ha sido revisado varias veces. La tercera edición típica del Misal Romano fue aprobada el 11 de enero de 2000

-S.S. Benedicto XVI, con Motu proprio Summorum Pontificum, 2007, establece el uso de ambos Misales Romanos:
El de Pablo VI como "expresión ordinaria de la lex orandi" y el de Pío V (nuevamente editado por Juan XIII) como "expresión extraordinaria de la misma lex orandi".

"No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser improvisamente totalmente prohibido o incluso perjudicial. Nos hace bien a todos conservar las riquezas que han crecido en la fe y en la oración de la Iglesia y de darles el justo puesto. Obviamente para vivir la plena comunión tampoco los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo."
-Benedicto XVI, en la carta que acompaña>> a Summorum Pontificum.


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Reformas del Misal, explicadas por S.S. Benedicto XVI en Summorum Pontificum:

San Pío V, tras la exhortación de Concilio de Trento, renovó todo el culto de la Iglesia, revisó la edición de los libros litúrgicos enmendados y "renovados según la norma de los Padres" y los dio en uso a la Iglesia Latina".

Fue éste el objetivo que persiguieron los Pontífices Romanos en el curso de los siguientes siglos, asegurando la actualización o definiendo los ritos y libros litúrgicos, y después, al inicio de este siglo, emprendiendo una reforma general". Así actuaron nuestros predecesores Clemente VIII, Urbano VIII, san Pío X, Benedicto XV, Pío XII y el beato Juan XXIII.

En tiempos recientes, el Concilio Vaticano II expresó el deseo de que la debida y respetuosa reverencia respecto al culto divino, se renovase de nuevo y se adaptase a las necesidades de nuestra época. Movido de este deseo, nuestro predecesor, el Sumo Pontífice Pablo VI, aprobó en 1970 para la Iglesia latina los libros litúrgicos reformados, y en parte, renovados. Estos, traducidos a las diversas lenguas del mundo, fueron acogidos de buen grado por los obispos, sacerdotes y fieles. Juan Pablo II revisó la tercera edición típica del Misal Romano. Así los Pontífices Romanos han actuado "para que esta especie de edificio litúrgico (.) apareciese nuevamente esplendoroso por dignidad y armonía.

En algunas regiones, sin embargo, no pocos fieles adhirieron y siguen adhiriendo con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían embebido tan profundamente su cultura y su espíritu, que el Sumo Pontífice Juan Pablo II, movido por la preocupación pastoral respecto a estos fieles, en el año 1984, con el indulto especial "Quattuor abhinc annos", emitido por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad de usar el Misal Romano editado por el beato Juan XXIII en el año 1962; más tarde, en el año 1988, con la Carta Apostólica "Ecclesia Dei", dada en forma de Motu proprio, Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente esta facultad a favor de todos los fieles que lo solicitasen.

Según la misma Carta Apostólica, Summorum Pontificum, el Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la "Lex orandi" ("Ley de la oración"), de la Iglesia católica de rito latino. No obstante el Misal Romano promulgado por San Pío V y nuevamente por el beato Juan XXIII debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma "Lex orandi" y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo. Estas dos expresiones de la "Lex orandi" de la Iglesia no llevarán de forma alguna a una división de la "Lex credendi" ("Ley de la fe") de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.



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Constitución Apostólica Missale Romanum
de Pablo VI, 3 Abril, 1969, promulga el misal romano reformado después del Concilio Vaticano II.

Se añaden tres nuevos cánones para la misa y se modifica el rito.

En cada canon hay las mismas oraciones de consagración.
Sobre el pan: "Accipite et manducate ex hoc omnes; Hoc est enim corpus meum, quod pro vobis tradetur
Sobre el cáliz: "Hic est enim calix sanguinis mei, novi et aeterni testamenti, qui pro vobis et pro multis effundetur in remissionem peccatorum. Hoc facite in meam commemorationem"

Dos años antes del Missale Romanum, el Papa Pablo VI había autorizado el uso de la lengua vernácula incluso en el Canon de la Misa. (Mayo 4, 1967)

El nuevo misal refleja el deseo de la Constitución sobre la Sagrada Liturgia (Concilio Vaticano II) 1963: la “participación plena y consciente de los fieles” (SC #14).

Las comentarios sobre la correcta celebración de la misa están en la Introducción al Misal y se llama "Instrucción General del Misal Romano" o el "Orden de la Misa" (en latín, Ordo Misae).



LA SANTA MADRE IGLESIA

jueves, 28 de mayo de 2009

CARTA DEL PAPA QUE ACOMPAÑA AL "MOTU PROPRIO" SOBRE EL USO DE LA LITURGIA ROMANA ANTERIOR A LA REFORMA DE 1970



CIUDAD DEL VATICANO, sábado, 7 julio 2007.- Publicamos la carta apostólica de Benedicto XVI en forma de «motu proprio» «Summorum Pontificum» sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970. La Santa Sede sólo ha publicado el texto original en latín.

LITTERAE APOSTOLICAE
MOTU PROPRIO DATAE
BENEDICTUS XVI


SUMMORUM PONTIFICUM CURA

Queridos Hermanos en el Episcopado:

Con gran confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores el texto de una nueva Carta Apostólica "Motu Proprio data" sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970. El documento es fruto de largas reflexiones, múltiples consultas y de oración.

Noticias y juicios hechos sin información suficiente han creado no poca confusión. Se han dado reacciones muy divergentes, que van desde una aceptación con alegría a una oposición dura, a un proyecto cuyo contenido en realidad no se conocía.

A este documento se contraponían más directamente dos temores, que quisiera afrontar un poco más de cerca en esta carta.

En primer lugar existe el temor de que se menoscabe la Autoridad del Concilio Vaticano II y de que una de sus decisiones esenciales – la reforma litúrgica – se ponga en duda. Este temor es infundado. Al respecto, es necesario afirmar en primer lugar que el Misal, publicado por Pablo VI y reeditado después en dos ediciones sucesivas por Juan Pablo II, obviamente es y permanece la Forma normal – la Forma ordinaria – de la Liturgia Eucarística. La última redacción del Missale Romanum, anterior al Concilio, que fue publicada con la autoridad del Papa Juan XXIII en 1962 y utilizada durante el Concilio, podrá, en cambio, ser utilizada como Forma extraordinaria de la Celebración litúrgica. Non es apropiado hablar de estas dos redacciones del Misal Romano como si fueran "dos Ritos". Se trata, más bien, de un doble uso del mismo y único Rito.

Por lo que se refiere al uso del Misal de 1962, como Forma extraordinaria de la Liturgia de la Misa, quisiera llamar la atención sobre el hecho de que este Misal no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido. En el momento de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emitir normas propias para el posible uso del Misal anterior. Probablemente se supuso que se trataría de pocos casos singulares que podrían resolverse, caso por caso, en cada lugar. Después, en cambio, se demostró pronto que no pocos permanecían fuertemente ligados a este uso del Rito romano que, desde la infancia, se les había hecho familiar. Esto sucedió, sobre todo, en los Países en los que el movimiento litúrgico había dado a muchas personas una notable formación litúrgica y una profunda e íntima familiaridad con la Forma anterior de la Celebración litúrgica. Todos sabemos que, en el movimiento guiado por el Arzobispo Lefebvre, la fidelidad al Misal antiguo llegó a ser un signo distintivo externo; pero las razones de la ruptura que de aquí nacía se encontraban más en profundidad. Muchas personas que aceptaban claramente el carácter vinculante del Concilio Vaticano II y que eran fieles al Papa y a los Obispos, deseaban no obstante reencontrar la forma, querida para ellos, de la sagrada Liturgia. Esto sucedió sobre todo porque en muchos lugares no se celebraba de una manera fiel a las prescripciones del nuevo Misal, sino que éste llegó a entenderse como una autorización e incluso como una obligación a la creatividad, lo cual llevó a menudo a deformaciones de la Liturgia al límite de lo soportable. Hablo por experiencia porque he vivido también yo aquel periodo con todas sus expectativas y confusiones. Y he visto hasta qué punto han sido profundamente heridas por las deformaciones arbitrarias de la Liturgia personas que estaban totalmente radicadas en la fe de la Iglesia.

El Papa Juan Pablo II se vio por tanto obligado a ofrecer con el Motu Proprio "Ecclesia Dei" del 2 de julio de 1988, un cuadro normativo para el uso del Misal de 1962, pero que no contenía prescripciones detalladas sino que apelaba, en modo más general, a la generosidad de los Obispos respecto a las "justas aspiraciones" de aquellos fieles que pedían este uso del Rito romano. En aquel momento el Papa quería ayudar de este modo sobre todo a la Fraternidad San Pío X a reencontrar la plena unidad con el Sucesor de Pedro, intentando curar una herida que era sentida cada vez con más dolor. Por desgracia esta reconciliación hasta ahora no se ha logrado; sin embargo una serie de comunidades han utilizado con gratitud las posibilidades de este Motu Proprio. Permanece difícil, en cambio, la cuestión del uso del Misal de 1962 fuera de estos grupos, para los cuales faltaban normas jurídicas precisas, sobre todo porque a menudo los Obispos en estos casos temían que la autoridad del Concilio fuera puesta en duda. Enseguida después del Concilio Vaticano II se podía suponer que la petición del uso del Misal de 1962 se limitaría a la generación más anciana que había crecido con él, pero desde entonces se ha visto claramente que también personas jóvenes descubren esta forma litúrgica, se sienten atraídos por ella y encuentran en la misma una forma, particularmente adecuada para ellos, de encuentro con el Misterio de la Santísima Eucaristía. Así ha surgido la necesidad de un reglamento jurídico más claro que, en tiempos del Motu Proprio de 1988 no era previsible; estas Normas pretenden también liberar a los Obispos de tener que valorar siempre de nuevo cómo responder a las diversas situaciones.

En segundo lugar, en las discusiones sobre el esperado Motu Proprio, se expresó el temor de que una más amplia posibilidad de uso del Misal de 1962 podría llevar a desórdenes e incluso a divisiones en las comunidades parroquiales. Tampoco este temor me parece realmente fundado. El uso del Misal antiguo presupone un cierto nivel de formación litúrgica y un acceso a la lengua latina; tanto uno como otro no se encuentran tan a menudo. Ya con estos presupuestos concretos se ve claramente que el nuevo Misal permanecerá, ciertamente, la Forma ordinaria del Rito Romano, no sólo por la normativa jurídica sino por la situación real en que se encuentran las comunidades de fieles.

Es verdad que no faltan exageraciones y algunas veces aspectos sociales indebidamente vinculados a la actitud de los fieles que siguen la antigua tradición litúrgica latina. Vuestra caridad y prudencia pastoral serán estímulo y guía para un perfeccionamiento. Por lo demás, las dos Formas del uso del Rito romano pueden enriquecerse mutuamente: en el Misal antiguo se podrán y deberán inserir nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios. La Comisión "Ecclesia Dei", en contacto con los diversos entes locales dedicados al usus antiquior, estudiará las posibilidades prácticas. En la celebración de la Misa según el Misal de Pablo VI se podrá manifestar, en un modo más intenso de cuanto se ha hecho a menudo hasta ahora, aquella sacralidad que atrae a muchos hacia el uso antiguo. La garantía más segura para que el Misal de Pablo VI pueda unir a las comunidades parroquiales y sea amado por ellas consiste en celebrar con gran reverencia de acuerdo con las prescripciones; esto hace visible la riqueza espiritual y la profundidad teológica de este Misal.

De este modo he llegado a la razón positiva que me ha motivado a poner al día mediante este Motu Proprio el de 1988. Se trata de llegar a una reconciliación interna en el seno de la Iglesia. Mirando al pasado, a las divisiones que a lo largo de los siglos han desgarrado el Cuerpo de Cristo, se tiene continuamente la impresión de que en momentos críticos en los que la división estaba naciendo, no se ha hecho lo suficiente por parte de los responsables de la Iglesia para conservar o conquistar la reconciliación y la unidad; se tiene la impresión de que las omisiones de la Iglesia han tenido su parte de culpa en el hecho de que estas divisiones hayan podido consolidarse. Esta mirada al pasado nos impone hoy una obligación: hacer todos los esfuerzos para que a todos aquellos que tienen verdaderamente el deseo de la unidad se les haga posible permanecer en esta unidad o reencontrarla de nuevo. Me viene a la mente una frase de la segunda carta a los Corintios donde Pablo escribe: "Corintios, os hemos hablado con toda franqueza; nuestro corazón se ha abierto de par en par. No está cerrado nuestro corazón para vosotros; los vuestros sí que lo están para nosotros. Correspondednos; ... abríos también vosotros" (2 Cor 6,11-13). Pablo lo dice ciertamente en otro contexto, pero su invitación puede y debe tocarnos a nosotros, justamente en este tema. Abramos generosamente nuestro corazón y dejemos entrar todo a lo que la fe misma ofrece espacio.

No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del Missale Romanum. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser improvisamente totalmente prohibido o incluso perjudicial. Nos hace bien a todos conservar las riquezas que han crecido en la fe y en la oración de la Iglesia y de darles el justo puesto. Obviamente para vivir la plena comunión tampoco los sacerdotes de las Comunidades que siguen el uso antiguo pueden, en principio, excluir la celebración según los libros nuevos. En efecto, no sería coherente con el reconocimiento del valor y de la santidad del nuevo rito la exclusión total del mismo.

En conclusión, queridos Hermanos, quiero de todo corazón subrayar que estas nuevas normas no disminuyen de ningún modo vuestra autoridad y responsabilidad ni sobre la liturgia, ni sobre la pastoral de vuestros fieles. Cada Obispo, en efecto es el moderador de la liturgia en la propia diócesis (cfr. Sacrosanctum Concilium, n. 22: "Sacrae Liturgiae moderatio ab Ecclessiae auctoritate unice pendet quae quidem est apud Apostolicam Sedem et, ad normam iuris, apud Episcoporum").

Por tanto, no se quita nada a la autoridad del Obispo cuyo papel será siempre el de vigilar para que todo se desarrolle con paz y serenidad. Si surgiera algún problema que el párroco no pueda resolver, el Ordinario local podrá siempre intervenir, pero en total armonía con cuanto establecido por las nuevas normas del Motu Proprio.

Además os invito, queridos Hermanos, a escribir a la Santa Sede un informe sobre vuestras experiencias tres años después de que entre en vigor este Motu Proprio. Si vinieran a la luz dificultades serias se buscarían vías para encontrar el remedio.

Queridos Hermanos, con ánimo agradecido y confiado, confío a vuestro corazón de Pastores estas páginas y las normas del Motu Prorpio. Recordemos siempre las palabras que el Apóstol Pablo dirigió a los presbíteros de Efeso "Tened cuidado de vosotros y de toda la grey, en medio de la cual os ha puesto el Espíritu Santo como vigilantes para pastorear la Iglesia de Dios, que él se adquirió con la sangre de su propio Hijo" (Hechos 20,28).

Confío a la potente intercesión de María, Madre de la Iglesia, estas nuevas normas e imparto de corazón mi Bendición Apostólica a Vosotros, queridos Hermanos, a los párrocos de vuestras diócesis y a todos los sacerdotes, vuestros colaboradores, así como a todos vuestros fieles.

Dado en San Pedro, el 7 de Julio 2007.

BENEDICTUS PP. XVI

Carta Apostólica "Motu Proprio data", "Summorum Pontificum" de Benedicto XVI

Este sábado se ha hecho público en el Vaticano el documento del Santo Padre sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970. El Papa ha enviado una carta a todos los obispos sobre esta Carta Apostólica.


La Santa Sede ha hecho público este sábado 7 de julio la Carta Apostólica "Motu Proprio data", "Summorum Pontificum" de Benedicto XVI, sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970. El texto original está escrito en latín.

La Oficina de Prensa de la Santa Sede ha emitido hoy una nota informativa sobre el Motu Proprio "Summorum Pontificum", de la que a continuación se reproducen los párrafos más significativos seleccionados por el Servicio Informativo Vaticano.

"El Motu Proprio "Summorum Pontificum" establece nuevas reglas sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970. Los motivos de esa disposición están claramente explicados en la Carta del Santo Padre a los obispos, que acompaña al Motu Proprio. (Los dos documentos se han enviado a todos los presidentes de las Conferencias Episcopales y a todos los nuncios que los han transmitido a su vez a todos los obispos).

"La disposición fundamental es la siguiente: la liturgia romana tendrá dos formas ("usus"):

a) la forma ordinaria: es la que sigue la reforma litúrgica del Papa Pablo VI en el año 1970, como se encuentra en los libros litúrgicos entonces promulgados; hay una edición oficial en lengua latina, que puede utilizarse siempre y en todo lugar y traducciones en diversas lenguas vernáculas, editadas por las respectivas conferencias episcopales.

b) la forma extraordinaria: es la celebrada según los libros litúrgicos editados por el Beato Papa Juan XXIII en 1962".

En el apartado 8 de la nota informativa se lee que "el obispo del lugar puede erigir una parroquia personal siempre que haya un número bastante consistente de fieles que quieran seguir la liturgia anterior. Convendría que el número de fieles fuera consistente, aunque no comparable al de las otras parroquias".

La nota explica también algunas de las características del Misal de 1962:

"Es un misal en lengua latina "plenario" o "integral", que contiene también las lecturas de las celebraciones (no es distinto del "Leccionario", como el misal sucesivo de 1970).

Contiene solo una oración eucarística, el "canon Romano" (que corresponde a la oración eucarística I del Misal sucesivo, que prevé en cambio la elección entre varias oraciones eucarísticas).
Diversas oraciones (también gran parte del Canon) se rezan en voz baja por el sacerdote, de forma no audible para el pueblo.
Entre las otras diversidades se puede recordar la lectura del principio del Evangelio de San Juan al final de la Misa.
El Misal de 1962 no prevé la concelebración. No dice nada sobre la orientación del altar y del celebrante (hacia el pueblo o no).
La carta del Papa prevé la posibilidad de enriquecimientos futuros del Misal de 1962 (inclusión de nuevos santos y prefacios).

Texto de la Carta Apostólica "Motu Proprio data"

La siguiente traducción en castellano, no oficial, de la Carta Apostólica "Motu Proprio data", "Summorum Pontificum" de Benedicto XVI, sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma de 1970, ha sido proporcionada por el Servicio Informativo Vaticano. Ver texto en latín

"Los sumos pontífices hasta nuestros días se preocuparon constantemente porque la Iglesia de Cristo ofreciese a la Divina Majestad un culto digno de "alabanza y gloria de Su nombre" y "del bien de toda su Santa Iglesia".

"Desde tiempo inmemorable, como también para el futuro, es necesario mantener el principio según el cual, "cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no solo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida tradición apostólica, que deben observarse no solo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe". (1)

"Entre los pontífices que tuvieron esa preocupación resalta el nombre de San Gregorio Magno, que hizo todo lo posible para que a los nuevos pueblos de Europa se transmitiera tanto la fe católica como los tesoros del culto y de la cultura acumulados por los romanos en los siglos precedentes. Ordenó que fuera definida y conservada la forma de la sagrada Liturgia, relativa tanto al Sacrificio de la Misa como al Oficio Divino, en el modo en que se celebraba en la Urbe. Promovió con la máxima atención la difusión de los monjes y monjas que, actuando según la regla de San Benito, siempre junto al anuncio del Evangelio ejemplificaron con su vida la saludable máxima de la Regla: "Nada se anticipe a la obra de Dios" (cap.43). De esa forma la Sagrada Liturgia, celebrada según el uso romano, enriqueció no solamente la fe y la piedad, sino también la cultura de muchas poblaciones. Consta efectivamente que la liturgia latina de la Iglesia en sus varias formas, en todos los siglos de la era cristiana, ha impulsado en la vida espiritual a numerosos santos y ha reforzado a tantos pueblos en la virtud de la religión y ha fecundado su piedad".

"Muchos otros pontífices romanos, en el transcurso de los siglos, mostraron particular solicitud porque la sacra Liturgia manifestase de la forma más eficaz esta tarea: entre ellos destaca San Pío V, que sostenido de gran celo pastoral, tras la exhortación de Concilio de Trento, renovó todo el culto de la Iglesia, revisó la edición de los libros litúrgicos enmendados y "renovados según la norma de los Padres" y los dio en uso a la Iglesia Latina" .

"Entre los libros litúrgicos del Rito romano resalta el Misal Romano, que se desarrolló en la ciudad de Roma, y que, poco a poco, con el transcurso de los siglos, tomó formas que tienen gran semejanza con las vigentes en tiempos más recientes".

"Fue éste el objetivo que persiguieron los Pontífices Romanos en el curso de los siguientes siglos, asegurando la actualización o definiendo los ritos y libros litúrgicos, y después, al inicio de este siglo, emprendiendo una reforma general"(2). Así actuaron nuestros predecesores Clemente VIII, Urbano VIII, san Pío X (3), Benedicto XV, Pío XII y el beato Juan XXIII.

"En tiempos recientes, el Concilio Vaticano II expresó el deseo che la debida y respetuosa reverencia respecto al culto divino, se renovase de nuevo y se adaptase a las necesidades de nuestra época. Movido de este deseo, nuestro predecesor, el Sumo Pontífice Pablo VI, aprobó en 1970 para la Iglesia latina los libros litúrgicos reformados, y en parte, renovados. Éstos, traducidos a las diversas lenguas del mundo, fueron acogidos de buen grado por los obispos, sacerdotes y fieles. Juan Pablo II revisó la tercera edición típica del Misal Romano. Así los Pontífices Romanos han actuado "para que esta especie de edificio litúrgico (...) apareciese nuevamente esplendoroso por dignidad y armonía"(4).

"En algunas regiones, sin embargo, no pocos fieles adhirieron y siguen adhiriendo con mucho amor y afecto a las anteriores formas litúrgicas, que habían embebido tan profundamente su cultura y su espíritu, que el Sumo Pontífice Juan Pablo II, movido por la preocupación pastoral respecto a estos fieles, en el año 1984, con el indulto especial "Quattuor abhinc annos", emitido por la Congregación para el Culto Divino, concedió la facultad de usar el Misal Romano editado por el beato Juan XXIII en el año 1962; más tarde, en el año 1988, con la Carta Apostólica "Ecclesia Dei", dada en forma de Motu proprio, Juan Pablo II exhortó a los obispos a utilizar amplia y generosamente esta facultad a favor de todos los fieles que lo solicitasen"

"Después de la consideración por parte de nuestro predecesor Juan Pablo II de las insistentes peticiones de estos fieles, después de haber escuchado a los Padres Cardenales en el consistorio del 22 de marzo de 2006, tras haber reflexionado profundamente sobre cada uno de los aspectos de la cuestión, invocado al Espíritu Santo y contando con la ayuda de Dios, con las presentes Cartas Apostólicas establecemos lo siguiente:

Art. 1.- El Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la "Lex orandi" ("Ley de la oración"), de la Iglesia católica de rito latino. No obstante el Misal Romano promulgado por San Pío V y nuevamente por el beato Juan XXIII debe considerarse como expresión extraordinaria de la misma "Lex orandi" y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo. Estas dos expresiones de la "Lex orandi" de la Iglesia no llevarán de forma alguna a una división de la "Lex credendi" ("Ley de la fe") de la Iglesia; son, de hecho, dos usos del único rito romano.

Por eso es lícito celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII en 1962, que no se ha abrogado nunca, como forma extraordinaria de la Liturgia de la Iglesia. Las condiciones para el uso de este misal establecidas en los documentos anteriores "Quattuor abhinc annis" y "Ecclesia Dei", se sustituirán como se establece a continuación:

Art. 2.- En las Misas celebradas sin el pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar sea el Misal Romano editado por el beato Papa Juan XXIII en 1962 que el Misal Romano promulgado por el Papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro. Para dicha celebración siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita ningún permiso, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario.

Art. 3.- Las comunidades de los institutos de vida consagrada y de las Sociedades de vida apostólica, de derecho tanto pontificio como diocesano, que deseen celebrar la Santa Misa según la edición del Misal Romano promulgado en 1962 en la celebración conventual o "comunitaria" en sus oratorios propios, pueden hacerlo. Si una sola comunidad o un entero Instituto o Sociedad quiere llevar a cabo dichas celebraciones a menudo o habitualmente o permanentemente, la decisión compete a los Superiores mayores según las normas del derecho y según las reglas y los estatutos particulares.

Art 4.- A la celebración de la Santa Misa, a la que se refiere el artículo 2, también pueden ser admitidos -observadas las normas del derecho- los fieles que lo pidan voluntariamente.

Art.5. §1.- En las parroquias, donde haya un grupo estable de fieles adherentes a la precedente tradición litúrgica, el párroco acogerá de buen grado su petición de celebrar la Santa Misa según el rito del Misal Romano editado en 1962. Debe procurar que el bien de estos fieles se armonice con la atención pastoral ordinaria de la parroquia, bajo la guía del obispo como establece el can. 392 evitando la discordia y favoreciendo la unidad de toda la Iglesia.
§ 2.-La celebración según el Misal del beato Juan XXIII puede tener lugar en día ferial; los domingos y las festividades puede haber también una celebración de ese tipo.
§ 3.- El párroco permita también a los fieles y sacerdotes que lo soliciten la celebración en esta forma extraordinaria en circunstancias particulares, como matrimonios, exequias o celebraciones ocasionales, como por ejemplo las peregrinaciones.
§ 4.- Los sacerdotes que utilicen el Misal del beato Juan XXIII deben ser idóneos y no tener ningún impedimento jurídico.
§ 5.- En las iglesias que no son parroquiales ni conventuales, es competencia del Rector conceder la licencia más arriba citada.

Art.6. En las misas celebradas con el pueblo según el Misal del Beato Juan XXIII, las lecturas pueden ser proclamadas también en la lengua vernácula, usando ediciones reconocidas por la Sede Apostólica.

Art.7. Si un grupo de fieles laicos, como los citados en el art. 5, §1, no ha obtenido satisfacción a sus peticiones por parte del párroco, informe al obispo diocesano. Se invita vivamente al obispo a satisfacer su deseo. Si no puede proveer a esta celebración, el asunto se remita a la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei".

Art. 8. El obispo, que desea responder a estas peticiones de los fieles laicos, pero que por diferentes causas no puede hacerlo, puede indicarlo a la Comisión "Ecclesia Dei" para que le aconseje y le ayude.

Art. 9. §1. El párroco, tras haber considerado todo atentamente, puede conceder la licencia para usar el ritual precedente en la administración de los sacramentos del Bautismo, del Matrimonio, de la Penitencia y de la Unción de Enfermos, si lo requiere el bien de las almas.
§2. A los ordinarios se concede la facultad de celebrar el sacramento de la Confirmación usando el precedente Pontifical Romano, siempre que lo requiera el bien de las almas.
§3. A los clérigos constituidos "in sacris" es lícito usar el Breviario Romano promulgado por el Beato Juan XXIII en 1962.

Art. 10. El ordinario del lugar, si lo considera oportuno, puede erigir una parroquia personal según la norma del canon 518 para las celebraciones con la forma antigua del rito romano, o nombrar un capellán, observadas las normas del derecho.

Art. 11. La Pontificia Comisión "Ecclesia Dei", erigida por Juan Pablo II en 1988, sigue ejercitando su misión.
Esta Comisión debe tener la forma, y cumplir las tareas y las normas que el Romano Pontífice quiera atribuirle.

Art. 12. La misma Comisión, además de las facultades de las que ya goza, ejercitará la autoridad de la Santa Sede vigilando sobre la observancia y aplicación de estas disposiciones.

Todo cuanto hemos establecido con estas Cartas Apostólicas en forma de Motu Proprio, ordenamos que se considere "establecido y decretado" y que se observe desde el 14 de septiembre de este año, fiesta de la Exaltación de la Santa Cruz, pese a lo que pueda haber en contrario.

Dado en Roma, en San Pedro, el 7 de julio de 2007, tercer año de mi Pontificado.



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1 Institutio generalis Missalis Romani, Editio tertia, 2002, 397

2 IOANNES PAULUS PP. II, Litt. ap. Vicesimus quintus annus (4 Decembris 1988), 3: AAS 81 (1989), 899.

3 Ibid.

4 PIUS PP. X, Litt. Ap. Motu proprio datae Abhinc duos annos (23 Octobris 1913): AAS 5 (1913), 449-450; cfr IOANNES PAULUS II, Litt. ap. Vicesimus quintus annus (4 Decembris 1988), 3: AAS 81 (1989), 899.

5 Cfr IOANNES PAULUS PP. II, Litt. ap. Motu proprio datae Ecclesia Dei (2 iulii 1988), 6: AAS 80 (1988), 1498.


Autor: Comisión Nacional de Liturgia de la CECh
Fecha: 20/07/2007
País: Chile
Ciudad: Santiago
Ref. Cech: 228 / 2007

Sobre el Motu Proprio “Summorum Pontificum” del Papa Benedicto XVI, por el cual amplía el uso del Misal de Pío V según la edición del Papa Juan XXIII

Documento aprobado por el Comité Permanente de la CECh el 17 de julio de 2007


El pasado 7 de julio de 2007 fue dada a la publicidad en Roma una Carta apostólica “motu proprio data”, es decir, que responde a una iniciativa del Sumo Pontífice, sobre el uso del Misal antiguo en la Iglesia Católica.

El Motu Proprio, titulado Summorum Pontificum, establece que, junto con el Misal Romano de Pablo VI, que es el fruto de la reforma litúrgica del Concilio Ecuménico Vaticano II, puede ser usado, extraordinariamente, el Misal Romano según la edición hecha en el pontificado del Beato Papa Juan XXIII en 1962.

Junto con el Motu Proprio, el Papa dirige una carta a los obispos de todo el mundo, en la que expone de modo más personal sus motivaciones para esta medida. La intención de fondo es la de “llegar a una reconciliación interna en el seno de la Iglesia” con aquellos católicos que desean poder celebrar la Eucaristía según el Misal antiguo. Estos grupos, que en la Iglesia son pequeños, están ordinariamente formados por personas que tienen conocimiento de la lengua latina y prefieren el rito antiguo.

El Papa deja claro, en la primera de las disposiciones, que “el Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la “lex orandi” (“ley de la oración”) de la Iglesia católica de rito latino”. El Misal antiguo debe considerarse como “expresión extraordinaria de la misma “lex orandi” y gozar del respeto debido por su uso venerable y antiguo”. “Son de hecho”, afirma el Papa, “dos usos del único rito romano.”

Luego el Santo Padre expone las nuevas medidas que regulan la celebración eucarística según el Misal de Juan XXIII: quiénes pueden celebrarla, en qué circunstancias y bajo qué condiciones.

Tanto el Motu Proprio Summorum Pontificum como la carta del Santo Padre a los obispos del mundo se encuentran publicados en los sitios web de la Santa Sede (www.vatican.va) y de la CECh (www.iglesia.cl)




COMISIÓN NACIONAL DE LITURGIA
CONFERENCIA EPISCOPAL DE CHILE


¿ Derecho a la Misa Tradicional ?
En una carta a la Sociedad "Ecclesia Dei" de Australia fechada el 11 de mayo de 1990, el Cardenal Mayer declaró que los fieles tienen ahora derecho a la Misa tradicional:

"Ciertamente, ninguno tiene derecho de adquisición de un privilegio, pero, una vez el privilegio es debidamente concedido, el sujeto tiene realmente el derecho de beneficiarse de él (cfr. C.I.C., can. 77). En "Quattour abhinc annos" (3 de octubre de 1984), la celebración del Ordinario de la Misa de 1962 fue presentado como un privilegio que debía ser solicitado a la autoridad competente (cfr. b). En "Ecclesia Dei", sin embargo, el Romano Pontífice habló del Ordinario de la Misa de 1962 en términos de "legitimidad" (auctoritas) y "riqueza" (thesaurus) (cfr. 5, a) y calificó el deseo de celebrar y asistir a ésta Misa como una "legítima aspiración" (appetitio) (cfr. 5, c). Así pues, lo que el Supremo Legislador de la Iglesia concedió a los fieles es un privilegio en el sentido canónico del término (cfr. C.I.C.. can. 76, 1).



Parroquias tradicionales
A nivel práctico, algunos obispos están yendo últimamente más allá de la simple concesión para oficiar regularmente la Misa dominical y en Europa y los Estados Unidos ya han establecido florecientes parroquias donde se celebra la Misa tradicional y donde los Sacramentos son administrados de acuerdo a los Libros litúrgicos en uso en 1962. Este es particularmente el caso de las parroquias encomendadas a la Fraternidad de San Pedro o al Instituto de Cristo Rey. Hay en la actualidad al menos diez sociedades sacerdotales aprobadas por la Santa Sede y que atraen muchas vocaciones, en las cuales jóvenes y entusiastas seminaristas se preparan para celebrar exclusivamente en el futuro, después de su ordenación, la Misa tradicional, lo cual garantiza que el uso de ésta se incrementará en el próximo milenio. Muchos estudiantes en seminarios diocesanos, además, están siendo instruidos o ellos mismos se instruyen para celebrar la Misa tradicional y tienen la intención de hacerlo tan a menudo como sea posible después de su ordenación.



El Santo Padre ha autorizado asi mismo a los dos monasterios benedictinos más pujantes de Francia - Fontgombault y Le Barroux - a usar de modo exclusivo los Libros litúrgicos de 1962. Estos monasterios también están atrayendo mumerosas vocaciones. Hay, además, comunidades monásticas femeninas en las que solo son empleados esos mismos Libros litúrgicos. En septiembre de 1990, el Santo Padre recibió en audiencia al Abad de Le Barroux junto a varios de sus monjes y elogió la obra que están llevando a cabo. En septiembre de 1995, el Cardenal Ratzinger, acompañado de Monseñor Camille Perl, Secretario de la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei", visitó el monasterio y ofició de pontifical en el rito tradicional para los monjes. Esto solo puede ser interpretado como una aprobación de su apostolado desde el más alto nivel en la Iglesia.



Cada año para Pentecostés, la Catedral de Chartres experimenta una rebosante afluencia de más de 15.000 católicos fervientes con un promedio de edad de veinte años, que participan en la Misa tradicional mediante el canto gregoriano (al que el Concilio Vaticano II reconoció, por cierto, como la norma para las misas cantadas), manifestando asi en el más alto grado aquella activa participación querida por el Concilio. Estos jovenes peregrinos caminan durante tres dias, durmiendo al aire libre durante la noche. Cada año reciben un mensaje trasmisor de la bendición y el estímulo de Su Santidad Juan Pablo II. La juventud de la asistencia es una notable característica de muchas misas tridentinas.



Un último pero importantísimo punto es que algunos obispos que se mostraban en un principio reticentes a permitir la Misa tradicional en sus diócesis por temor a que ello causara divisiones, se han visto animados pòr el hecho de que ha sucedido todo lo contrario y de que el otorgamiento de la licencia para dicha misa - particularmente en el contexto de una parroquia en la que todos los sacramentos se celebran siguiendo los ritos preconciliares -, lejos de provocar divisiones, las disipa, contribuyendo más bien a la edificación de comunidades de devotos católicos leales a su obispo y a Roma. En la carta del Cardenal Mayer a los Obispos Norteamericanos, Su Eminencia manifiesta claramente que el hecho de que haya católicos que quieran "asistir a celebraciones autorizadas por el Obispo de la diócesis puede considerarse un signo de buena voluntad y de un deseo de plena comunión eclesial".



El Motu Proprio "Ecclesia Dei" de 2 de julio de 1988
El 2 de julio de 1988, su Santidad Juan Pablo II promulgó su Motu Proprio "Ecclesia Dei adflicta", en el cual expresaba su voluntad de garantizar el respeto por las legítimas aspiraciones de aquellos fieles vinculados a la Tradición litúrgica latina y, en orden a la realización de éste propósito , establecia la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei". El 18 de octubre del mismo año, el Papa Juan Pablo II otorgó al Cardenal Mayer facultades especiales para facilitar los trabajos de ésta Comisión, entre los cuales figura, en primer lugar:



"La facultad de conceder a todos los que lo soliciten (omnibus id petentibus) el uso del Misal Romano según la edición de 1962 y en conformidad con las normas propuestas en diciembre de 1986 por la Comisión de Cardenales constituida con éste objeto, habiendo sido informado el obispo diocesano".



Es importante notar que ésta facultad se refiere a todos los que piden el Misal de 1962. En su calidad de Presidente de la Pontificia Comisión "Ecclesia Dei" , el Cardenal Mayer proveyó una interpretación autorizada del Motu Proprio. En la ya citada carta a los Obispos de los Estados Unidos de fecha 20 de marzo de 1991, explicó que el Santo Padre:



".... dirigiendose a todos aquellos fieles católicos que se sienten vinculados a algunas precedentes formas litúrgicas y disciplinarias de la Tradición Latina y no solo a los antíguos adeptos del Arzobispo Lefebvre, expresó su voluntad de garantizar el respeto hacia sus justas aspiraciones (nº 5, c). En orden a proveer lo necesario en favor de éstos legítimos deseos de los fieles, estableció ésta Pontificia Comisión e indicó su intención con relación a la tarea primaria de ésta, declarando que:



debe mostrarse en todas partes respeto por los sentimientos de todos aquellos que están vinculados a la Tradición litúrgica latina, mediante una amplia y generosa aplicación de las directivas ya hace algún tiempo emanadas por la Santa Sede para el uso del Misal Romano conforme a la edición típica de 1962 (nº 6, c).



En consecuencia, Vuestra Excelencia, deseamos animarle a que facilite la decorosa y reverente celebración de los ritos litúrgicos según el Misal Romano de 1962 allí donde haya un genuino deseo de ello por parte de los fieles".



Se advertirá que, al citar directamente el Motu Proprio "Ecclesia Dei" , el Cardenal Mayer se refiere a "justas aspiraciones" y "legítimos deseos" y añade que "pareceria innecesario, incluso indebidamente penoso, imponer otras restricciones a quienes desean asistir a tales funciones". Muchos obispos han respondido a éstas exhortaciones de un modo muy positivo y en la mayoria de las diócesis donde se ha planteado la cuestión no existen ya restricciones a la celebración de la Misa tridentina. Cientos de éstas misas tienen hoy lugar en iglesias parroquiales en Europa, Australia, Nueva Zelanda, Canadá y Estados Unidos. Hay establecidos horarios de las mismas, con las cuales se puede cumplir el precepto dominical y a las que cualquier fiel es bienvenido.



"Quattuor abhinc annos" - El indulto de 1984
Incluso antes de la publicación del Motu Proprio "Ecclesia Dei", cualquier obispo en el mundo estaba autorizado a permitir la celebración de la Misa tridentina, el virtud del indulto contenido en el Decreto "Quattuor abhinc annos" de 3 de octubre de 1984, aunque bien es verdad que éste documento contenia condiciones extremadamente restrictivas. La Federación recibió ciertamente el mismo como un positivo paso adelante, pero hizo patente a la Santa Sede que semejantes condiciones eran incompatibles con la intención del indulto. Consecuencia de ello, fue el encargo hecho por el Cardenal Augustin Paul Mayer - entonces Prefecto de la Sagrada Congregación para el Culto Divino - al Dr. de Saventhem para dirigir una encuesta a nivel mundial acerca de la implementación práctica del indulto. La investigación duró varios meses y el resultado final fue tan convincente que el Cardenal Mayer obtuvo el permiso del Papa para convocar una Comisión de Cardenales, a la que se le encomendó evaluar el indulto y sugerir enmiendas. Se solicitó, entonces, al Dr. de Saventhem que presentara sus propuestas de nuevas reglas para el uso del Misal de 1962, lo que hizo tras consultar al Consejo de la FIUV. Sus sugerencias quedaron reflejadas en no pocas de las normas elaboradas en 1986 por la Comisión Cardenalicia, que llegó a la conclusión unánime que "las condiciones fijadas en el Decreto "Quattuor abhinc annos" eran demasiado restrictivas y ebian ser mitigadas" (Carta del Cardenal Mayer a los Obispos Norteamericanos de fecha 20 de marzo de 1991 - Protocolo Nº 500/90).



Un mensaje del Cardenal Ratzinger
El 25 de julio de 1996, el Cardenal Joseph Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, dirigió a la Federación el siguiente mensaje:



"La FEDERACION INTERNACIONAL UNA VOCE ha jugado un rol importante apoyando el uso de la edición de 1962 del Misal Romano en obediencia a las directivas de la Santa Sede. Por éste invalorable servicio expreso mi gratitud a los mienbros de la Federación y les imparto mi bendición".